Tipos de contratos laborales en España: interinidad, fijo discontinuo y de relevo

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Contratos de trabajo

3) Contrato de interinidad

Se utiliza para sustituir al trabajador con reserva de su puesto de trabajo. La duración depende del tiempo de ausencia del trabajador sustituido.

4) Contrato fijo discontinuo

Duración: indefinida. Jornada: completa o parcial. Se usa para actividades que surgen intermitentemente. El trabajo, el salario y la cotización se realizan solo cuando se trabaja.

5) Contrato de relevo

Se usa para reemplazar a trabajadores que se jubilan antes de los 65 años. Se considera jubilación parcial la que se solicita después de los 60 y antes de los 65, porque el trabajador realiza su trabajo a tiempo parcial y existe una relación con el que le releva. El contrato dura hasta que el sustituido cumpla 65 años. Jornada parcial o completa.

Representantes de los trabajadores

1) Sindicatos

Los sindicatos son asociaciones de carácter institucional, sin ánimo de lucro y con funcionamiento autónomo. Sus funciones principales son:

  • Negociación y firma de convenios colectivos.
  • Tramitar conflictos individuales de sus miembros.
  • Convocar huelgas.
  • Representar candidaturas para elegir comités de empresa, etc.

Convenio colectivo: es la norma que regula las relaciones de trabajo en una empresa, en un grupo de empresas o en un sector, creada por el acuerdo de representantes de los trabajadores y de los empresarios.

Negociación colectiva: medios y reuniones empleadas por los representantes de los trabajadores y los empresarios para negociar y alcanzar acuerdos del convenio colectivo.

2) Comités de empresa y delegados del personal

Son los órganos de representación de los trabajadores a nivel de empresa. Los delegados de personal existen en empresas pequeñas, mientras que el comité de empresa existe en las grandes.

Las funciones de ambos son:

  • Recibir información sobre cómo va la empresa.
  • Emitir informes dirigidos a los empresarios.
  • Ejercer labores de vigilancia y control para que se cumpla la normativa laboral.
  • Desempeñar actividades de colaboración con los empresarios y trabajadores.

Representantes de los empresarios

La patronal es el nombre de las asociaciones de empresarios. La patronal es una institución que encuentra su razón de ser con el surgimiento de un empresario capitalista que tenga claros sus intereses y que debe superar la contraposición de los intereses de la competencia. En Euskadi, la principal asociación de empresarios vascos es Confebask.

Conflictos de trabajo

Cuando surgen conflictos hay que solucionarlos de manera pacífica y a través de la negociación. A veces no se llega a ningún acuerdo y por eso la ley permite dos procedimientos de defensa de los intereses de los trabajadores y de los empresarios: la huelga y el cierre patronal.

1) La huelga

La huelga es el cese colectivo de la actividad durante un periodo determinado. Mientras dura la huelga no se prestan servicios laborales ni se cobra el salario.

  • Al finalizar la huelga el contrato recupera sus condiciones normales.
  • El derecho de huelga es un derecho fundamental de la Constitución.

2) Cierre patronal

El cierre patronal sólo está permitido por la ley en casos de extrema gravedad. Entre las situaciones en las que se autoriza figuran:

  • Cuando existe peligro de violencia para las personas.
  • Cuando existe ocupación ilegal en el centro de trabajo.
  • Cuando la inasistencia de los trabajadores sea grave.

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