Tipos de Despido y Suspensión del Contrato de Trabajo

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 2,94 KB

Despido Procedente

Existe una causa justa para despedir al trabajador y se ha entregado la carta de despido. En este caso, el trabajador no cobra indemnización por despido.

Despido Improcedente

Causas del Despido Improcedente

Puede ser por dos causas:

  • Porque no queda acreditado el incumplimiento del trabajador.
  • Porque la empresa no le hizo la carta de despido.

La empresa tiene dos opciones: o pagar la indemnización de 33 días de salario por año trabajado o readmitir al trabajador y pagarle los salarios de tramitación.

Si el trabajador es representante de los trabajadores, es este el que elige si vuelve al trabajo o cobra la indemnización.

Si es improcedente por faltar la carta, el Juzgado le concede a la empresa la opción de readmitirlo y despedirlo en el plazo de 7 días.

Indemnización y Salarios en el Despido Improcedente

La indemnización se calcula de la siguiente manera:

  • Los años anteriores a la reforma (antes de febrero de 2012) computan a 45 días de salario por año, con un máximo de 42 mensualidades.
  • A partir de febrero de 2012, computan a 33 días de salario por año, con un máximo de 24 mensualidades.

Limitación de los salarios de tramitación:

  • Si el trabajador encuentra otro trabajo antes de la sentencia.
  • Si la sentencia se dicta a más de 90 días, el exceso de días podrá reclamarlo la empresa al Estado.
  • La empresa no pagará los salarios de tramitación si opta por pagar la indemnización.

Despido Nulo

Se produce cuando:

  • Existe una discriminación o violación de los derechos fundamentales del trabajador.
  • El motivo del despido es por alguna de las siguientes causas relacionadas con la maternidad, paternidad o conciliación:
    • Ser mujer embarazada.
    • Estar en descanso de maternidad o paternidad.
    • Solicitar el permiso de lactancia.
    • Reducir la jornada por cuidado de hijos o familiares.
    • Suspender el contrato por riesgo durante el embarazo o lactancia.

En caso de despido nulo, el empresario deberá siempre readmitir al trabajador y le pagará los salarios de tramitación como si hubiese estado trabajando.

Suspensión del Contrato de Trabajo

El contrato de trabajo puede suspenderse por diversas causas, entre ellas:

  • Maternidad, paternidad y adopción.
  • Riesgo durante el embarazo o lactancia.
  • Una excedencia.
  • Causas objetivas (suspensión temporal).
  • Fuerza mayor temporal.
  • Una huelga o cierre legal de empresa.
  • Estar de baja laboral (incapacidad temporal).
  • Suspensión de empleo y sueldo (sanción).
  • Estar en un cargo público.
  • Privación de la libertad (mientras no exista sentencia condenatoria firme).
  • Ser víctima de violencia de género.
  • Mutuo acuerdo o pacto válido en el contrato.

Entradas relacionadas: