Tipos de Empresas: Características y Responsabilidades
Clasificado en Economía
Escrito el en
español con un tamaño de 3,72 KB
Empresario Individual
El empresario individual es la persona física que ejerce de forma habitual y por cuenta propia una actividad comercial, industrial o profesional, y responde con todo su patrimonio de las deudas que pueda contraer su negocio. Responsabilidad ilimitada.
Características principales:
- Pueden ser empresarios individuales las personas mayores de edad con plena disponibilidad de sus bienes, o las menores (o incapacitadas), a través de sus representantes legales.
- No existe capital mínimo legal para iniciar la actividad.
- Responsabilidad ilimitada.
- La gestión de la empresa y su representación legal corresponden a su titular.
- La denominación o razón social de la empresa será el nombre del titular.
- El empresario tributa a través del impuesto sobre la renta de las personas físicas por los rendimientos de su actividad económica.
- No es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil del acto de constitución, aunque sí es aconsejable.
Sociedad Colectiva Simple
La Sociedad Colectiva Simple es una sociedad mercantil, de carácter personalista, cuyos socios aportan capital y trabajo y responden de forma personal, ilimitada y solidaria de las deudas sociales.
Características principales:
- El número mínimo de socios es de dos, y no existe un mínimo de capital social.
- Como la sociedad se basa en la mutua confianza entre personas, la condición de socio es intransferible sin el consentimiento de los demás socios.
- Los socios participan en el beneficio en función del capital aportado y de su trabajo. Responsabilidad ilimitada.
- La gestión de la empresa corresponde a todos los socios, salvo que deleguen en alguno de ellos. Las decisiones se adoptan de común acuerdo.
- En la denominación de la empresa debe aparecer el nombre de todos sus socios o, al menos, de algunos, añadiendo “y Compañía”, seguido de “Sociedad Colectiva” o de su abreviatura, “S.C”.
Sociedad Comanditaria
La Sociedad Comanditaria es una sociedad mercantil de carácter personalista-capitalista en la que coexisten dos tipos de socios: los socios colectivos, con las mismas características de participación y responsabilidad que en la sociedad colectiva, y los socios comanditarios, que aportan solo capital, no intervienen en la gestión de la sociedad, tienen limitada su responsabilidad al capital aportado y participan en los beneficios en proporción a su aportación.
Características principales:
- El número mínimo de socios es dos (uno colectivo y otro comanditario), y no existe mínimo legal de capital social.
- En su denominación debe figurar el nombre de todos los socios colectivos, o de algunos, añadiendo “y Compañía” seguido de “Sociedad en Comandita”.
Sociedad Comanditaria por Acciones
La Sociedad Comanditaria por Acciones es una variante de la sociedad comanditaria en la que el capital aportado está representado en acciones. El mínimo de socios es de tres y de ellos, al menos uno será colectivo y responderá, por tanto, de las deudas sociales. En lo demás, se regula por la normativa de las S.A.
Sociedad Limitada
La Sociedad Limitada es una sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital está dividido en partes iguales llamado participaciones en la que los socios tienen responsabilidad limitada al capital aportado.
Características principales:
- Uno o más socios.
- Capital inicial mínimo de 3.000€.