Tipos y Modalidades de Contratos Laborales en España
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Modalidades del Contrato de Trabajo
Los contratos de trabajo se pueden realizar a tiempo parcial o a tiempo completo. A continuación, se detallan las principales modalidades de contratación, incluyendo los contratos a tiempo parcial y otros tipos específicos.
Contrato a Tiempo Parcial
El contrato a tiempo parcial se distingue en varios tipos:
1. Contrato a Tiempo Parcial Ordinario o Común
El objeto de este contrato es realizar un trabajo durante un número de horas al día, a la semana o al mes inferior a la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.
- Vacantes: Los trabajadores a tiempo parcial tienen preferencia para un puesto a tiempo completo, siempre que hubieran trabajado un mínimo de 3 años.
Modelo Oficial de Contrato a Tiempo Parcial
- Debe ser un contrato escrito.
- Debe especificar el número de horas al día, a la semana o al mes en que el trabajador desempeñará sus funciones.
Duración
Puede ser por tiempo indefinido o temporal.
Derechos y Obligaciones del Empresario y Trabajador
- Los trabajadores a tiempo parcial tienen los mismos derechos y obligaciones que un trabajador a tiempo completo.
- La ley prohíbe al trabajador a tiempo parcial realizar horas extraordinarias voluntarias.
- Importante: Nunca podrá superar el límite legal de trabajo a tiempo parcial.
- La realización de tales horas es voluntaria para el trabajador, y su negativa a realizarlas no puede ser objeto de sanción.
2. Contrato de Campaña o Temporada (Fijo Discontinuo)
Este contrato se utiliza para que el trabajador realice aquellos trabajos fijos pero de realización periódica y de carácter discontinuo. El trabajador tiene los mismos derechos que en un contrato a tiempo parcial.
3. Contrato de Relevo y Jubilación Parcial
Es el contrato realizado por el trabajador a tiempo completo que concierta con su empresa una reducción de su jornada de trabajo y de su salario, pasando a tiempo parcial. Para que sea válido, se deben cumplir ciertas condiciones:
- a) El trabajador tenga entre 61 y 64 años y haya estado como mínimo 6 años en la empresa.
- b) El trabajador llegue a los 65 años.
En ambos casos, la reducción de jornada ha de solicitarse entre un 25% y un 75%.
4. Contrato para la Formación en Alternancia (Antiguo Contrato para la Formación)
Finalidad:
- Formarse en la actividad que realiza.
- La inserción profesional de trabajadores jóvenes.
- La adquisición de la formación teórico-práctica necesaria para desempeñar el puesto.
Límites de este Contrato
- A) Del Trabajador:
- Mayores de 16 y menores de 21 años.
- Que no posean la titulación oficial requerida para la realización de ese oficio.
- Que no hayan realizado el mismo trabajo en la empresa durante los doce meses anteriores.
- B) Del Empresario:
- No podrá contratar más de un número determinado de trabajadores en formación.
Derechos y Obligaciones
- A) Del Trabajador:
- Tiene derecho a prestar el trabajo efectivamente comprometido.
- Recibir la formación teórico-práctica que el empresario debe proporcionarle.
- B) Del Empresario:
- Remunerar al trabajador.
- Dar formación teórica al trabajador.
- La empresa está obligada a entregar al trabajador un certificado donde se señale que ha superado la formación teórico-práctica.
5. Contrato en Prácticas
Respecto al trabajador, se exige:
- a) Que esté en posesión de un título universitario o de formación profesional.
- b) Que se realice en el momento idóneo (dentro de los 4 años siguientes a la terminación de esos estudios).