Tipos de Normas Administrativas: Decretos, Reglamentos e Instrucciones

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Normativa Administrativa: Tipos y Características

El ámbito de la administración pública se rige por diversos tipos de normas, cada una con sus propias características y funciones. A continuación, se detallan las principales:

Decretos Supremos

Los Decretos Supremos son órdenes escritas emanadas del Presidente de la República. La forma de modificar o revocar un decreto depende del tipo de acto que contenga. Por ejemplo, si un decreto contiene un reglamento, solo puede ser modificado por otro reglamento o por ley. La regla general es que si el decreto contiene un acto administrativo, podrá ser revocado por el Presidente de la República.

Clasificación de los Decretos Supremos por su Función:

  • Decreto Supremo Ordinario: Recae sobre asuntos pertinentes a la administración ordinaria del Estado.
  • Decreto Supremo de Insistencia: Es aquel que dicta el Presidente con la firma de todos sus ministros, ordenando al contralor dar curso a un decreto representado por ilegalidad.
  • Decreto Supremo de Emergencia: Lo dicta el Presidente con la firma de todos sus ministros para ordenar gastos no autorizados por la ley, con cargo al 2% constitucional.
  • Decreto Supremo Promulgatorio: Lo dicta el Presidente para sancionar la existencia de una ley y dejar constancia de su texto definitivo.

Simples Decretos (Acuerdos)

Son órdenes escritas emanadas de autoridades distintas al Presidente. Cuando emanan de organismos colegiados, se les conoce como acuerdos.

Reglamentos

El reglamento es una norma general, obligatoria y permanente, emanada de la autoridad administrativa y subordinada a la ley. Sus características principales son:

  • Generales: Se aplican a todas las personas, no a casos concretos o particulares.
  • Obligatorias: Tienen fuerza imperativa, y su infracción puede acarrear procedimientos de ejecución forzosa o sanciones.
  • Permanentes: Se mantienen en vigor hasta que otro reglamento los modifique o derogue.
  • Emanan de la autoridad administrativa: A diferencia de la ley, que emana de la autoridad legislativa.

Los reglamentos están subordinados a la ley. No pueden abarcar materias reservadas constitucionalmente a la ley y deben conformarse a ella. Su campo de aplicación se encuentra en materias no propias de leyes o en aquellas no reguladas por ley, complementándolas sin contrariarlas.

Instrucciones

Se entiende por instrucciones a las órdenes o recomendaciones que una autoridad administrativa imparte a los funcionarios que de ella dependen, acerca de cómo aplicar las leyes o desempeñar sus funciones. Estas pueden ser emitidas por el Jefe de Estado o por cualquier autoridad administrativa respecto a sus subordinados.

La característica principal de las instrucciones es que solo pueden dirigirse a los agentes administrativos. Su ámbito de aplicación es interno, dentro de la administración, y por ende, nunca pueden obligar a los administrados.

  • Cuando son de carácter general, reciben el nombre de circulares.
  • Cuando se dirigen a uno o más funcionarios en particular, se denominan oficios.

Resoluciones

Son normas emanadas de jefes de servicios descentralizados, dictadas para la buena administración del respectivo servicio público.

Ordenanzas

Son normas emanadas de la autoridad edilicia, destinadas a regular materias relativas al funcionamiento y organización municipal.

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