Tipos de Normas Jurídicas: Clasificación y Características

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La Teoría de la Coexistencia de Normas Jurídicas de Diferente Naturaleza

En el ámbito jurídico, encontramos normas que funcionan como imperativos, otras que organizan el funcionamiento del orden jurídico y algunas que permiten la realización de determinados comportamientos. Diversos autores han propuesto clasificaciones para entender mejor esta diversidad.

Clasificación de Normas Jurídicas según Herbert Hart

Herbert Hart distingue dos grandes grupos de normas dentro de los ordenamientos jurídicos:

  • Normas Primarias: Prescriben la conducta que los individuos deben seguir.
  • Normas Secundarias: Sirven de apoyo a las primarias, aportando el elemento coactivo que caracteriza a la norma jurídica. Determinan el régimen de modificación de las normas primarias y el control de su observancia.

Dentro de las normas secundarias, Hart diferencia tres tipos:

  • Reglas de Reconocimiento: Permiten identificar las normas que pertenecen al sistema jurídico, reconociendo derechos o facultades.
  • Reglas de Cambio: Facilitan la modificación, adición o eliminación de reglas de conducta.
  • Reglas de Adjudicación: Establecen estatus y derechos, determinando la aplicación de las normas en casos concretos.

Clasificación de Normas Jurídicas según Norberto Bobbio

Norberto Bobbio concibe el ordenamiento jurídico como un conjunto de normas primarias, que prescriben modelos de comportamiento, y normas secundarias o de segundo grado, que no se dirigen directamente al comportamiento de los individuos, sino a las propias normas.

Bobbio destaca las siguientes normas secundarias:

  • Normas que establecen criterios de pertenencia al sistema jurídico:
    • Normas sobre fuentes jurídicas: Identifican los hechos o actos que tienen el poder de producir normas dentro del ordenamiento jurídico.
    • Normas que delimitan la validez en el espacio y en el tiempo.
    • Normas relativas a la interpretación y aplicación de las normas.

Clasificación de Normas Jurídicas según Gregorio Robles

Gregorio Robles propone una clasificación basada en tres tipos de reglas:

  • Reglas Ónticas: Definen el ser del derecho, delimitando el espacio jurídico (territorio), el marco jurídico-temporal (inicio y fin de la validez de las normas), los sujetos del derecho y las competencias y posibilidades de actuación jurídica de cada uno. Se expresan con el verbo "ser".
  • Reglas Procedimentales: Determinan cómo debe actuar el sujeto de derecho para que su acción sea considerada jurídica. Se formulan con la expresión "tener que".
  • Reglas Deónticas o Normas: Contienen una expresión de deber en sentido estricto, siendo ellas mismas la expresión lingüística del deber.

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