Tipos de Sociedades Comerciales en Argentina: Características y Responsabilidades

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1. Sociedad Colectiva (S.C.)

  • Responsabilidad de los Socios:
    • Limitada: Los socios responden con todo su patrimonio.
    • Subordinada: Primero se cobra del capital social y después de los bienes personales.
    • Solidaria: Cada socio responde por la totalidad de la deuda.
  • Forma de Administración: Se establece en el contrato social. Cualquier socio puede administrar, o se puede designar a un tercero o a un grupo por contrato.
  • Transformación: Reorganización de la sociedad que implica un cambio en el tipo comercial, con modificaciones en la administración y la responsabilidad societaria.

2. Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)

  • Cesión de Cuotas: Debe realizarse por instrumento público o privado y cumplir con los requisitos de publicación en el Boletín Oficial y en un diario local, además de la inscripción en el Registro Público de Comercio (RPC). Si no cumple con estos requisitos, la forma es irregular.
  • Responsabilidad y Aporte: Los socios limitan su responsabilidad personal al capital social, el cual está formado por los aportes de los socios. Cada socio responde en proporción al capital aportado.
  • Sociedad en Comandita Simple (S.C.S.): Realiza una o más operaciones determinadas y transitorias.
  • Clases de Socios en la S.C.S.:
    • Gestor: Representa a la sociedad ante terceros y responde de manera ilimitada.
    • No Gestor: No se dan a conocer ante terceros.

3. Sociedad en Comandita por Acciones (S.C.A.) y Sociedad de Capital e Industria (S.C.I.)

  • S.A. con Participación Estatal
  • S.C.I. - Administración y Representación: Se puede designar a representantes y administradores, o a un grupo de estos, que pueden ser socios capitalistas o terceros.
  • S.C.I - Voto: Se requiere voto unánime para modificar el contrato social y transferir la parte social, excepto que el contrato establezca lo contrario. En ausencia de aclaración, las resoluciones se toman por mayoría absoluta del capital social.

4. Sociedad Anónima (S.A.)

  • Órganos de Administración:
    • Directorio: Representa a la sociedad y ejecuta los actos sociales. Está formado por directores designados por la asamblea de accionistas. Requisitos: domicilio en Argentina y ofrecer como garantía bienes de su propiedad. Duración máxima del cargo: 3 años.
    • Asamblea de Socios: Reunión de todos los accionistas para deliberar y decidir sobre la organización empresarial y el objeto social. Expresa la voluntad de los accionistas.
    • Sindicatura: Convoca a las asambleas, informa sobre la situación financiera y económica, controla la garantía de los directores, controla la administración y vigila el cumplimiento de la ley.
  • S.C.I. - Razón Social: Debe incluir el nombre de uno o más socios capitalistas, seguido de la abreviatura "S.C.I.".

5. Sociedad en Comandita Simple (S.C.S)

  • Socios:
    • Comanditados: Responden de forma ilimitada, subsidiaria y solidaria.
    • Comanditarios: Limitan su responsabilidad al capital aportado.
  • Razón Social: Solo los socios comanditados pueden figurar en la razón social.
  • Administración y Responsabilidad: A cargo de los socios comanditados o de terceros. Puede ser unipersonal o grupal.
  • S.A.: Se ejerce control estatal por la importancia de su actividad y porque sus acciones cotizan en bolsa (S.A. abiertas).

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