Tipos de Sociedades en España: Características de S.A., S.L., Laborales y Cooperativas
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Formas Societarias en España
Sociedad Anónima (S.A.)
- Tipo: Sociedad mercantil capitalista de carácter abierto.
- Capital Mínimo: 60.000 €.
- Aportaciones: Pueden ser en dinero y bienes.
- Participación Socios: Los socios reciben acciones, representadas generalmente mediante anotaciones en cuenta.
- Carácter: Abierto. Puede ser unipersonal.
- Constitución:
- Mediante contrato social formalizado en escritura pública.
- Requiere inscripción en el Registro Mercantil.
- El capital debe estar totalmente suscrito y desembolsado al menos en un 25% en el momento de la constitución.
- Puede constituirse mediante fundación simultánea o fundación sucesiva.
- Fiscalidad: Tributan por el Impuesto de Sociedades sobre los beneficios obtenidos. Es un impuesto directo y proporcional, con tipos fijos.
- Órganos de Gobierno:
- Junta General de Accionistas.
- Administradores (órgano de gestión y representación).
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L. o S.R.L.)
- Tipo: Sociedad mercantil capitalista de carácter cerrado.
- Capital Mínimo: 3.000 €.
- Aportaciones: Pueden ser en dinero y bienes.
- Responsabilidad: La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado, sin afectar a su patrimonio personal.
- Participación Socios: A los socios se les entregan participaciones sociales.
- Carácter: Cerrado. Puede ser unipersonal.
- Constitución:
- Mediante contrato social formalizado en escritura pública.
- Requiere inscripción en el Registro Mercantil.
- El capital debe estar totalmente suscrito y totalmente desembolsado (100%) en el momento de la constitución.
- La fundación es siempre simultánea.
- Fiscalidad: Tributan por el Impuesto de Sociedades.
- Órganos de Gobierno:
- Junta General de Socios.
- Administradores (órgano de gestión y representación).
Sociedades Laborales (S.A.L. y S.L.L.)
- Tipo: Sociedades de interés social.
- Finalidad: Favorecer la creación de empleo estable para los socios trabajadores.
- Capital Social: Formado por aportaciones que pueden ser en dinero o bienes.
- S.A.L. (Sociedad Anónima Laboral): Capital mínimo de 60.000 €.
- S.L.L. (Sociedad Limitada Laboral): Capital mínimo de 3.000 €.
- Socios: Número mínimo de tres socios trabajadores.
- Responsabilidad: Limitada al capital aportado.
- Constitución:
- Mediante contrato social en escritura pública.
- Requiere inscripción en el Registro Mercantil.
- Además, deben inscribirse en el Registro de Sociedades Laborales de su comunidad autónoma.
- Fiscalidad: Pagan el Impuesto de Sociedades por los beneficios obtenidos (pueden tener bonificaciones fiscales).
- Órganos de Gobierno: Similares a la Sociedad Anónima y Limitada (Junta General, Administradores).
Cooperativas
- Tipo: Sociedades de interés social.
- Finalidad: Tienen como fin obtener bienes, servicios o trabajo para sus socios en las mejores condiciones posibles (ej. precio, calidad, empleo).
- Capital Social: El capital mínimo lo fijan los estatutos y debe estar desembolsado en la cuantía que estos establezcan.
- Responsabilidad: Generalmente, es limitada al capital aportado por cada socio.
- Constitución:
- Parte de la iniciativa de unos promotores que serán futuros socios.
- Se constituye mediante escritura pública.
- Se deben inscribir en el Registro de Cooperativas correspondiente.
- Fiscalidad: Pagan el Impuesto de Sociedades por los beneficios obtenidos, con un régimen fiscal especial más favorable.
- Órganos de Gobierno:
- Asamblea General (órgano supremo de decisión).
- Consejo Rector (órgano de gestión y representación).
- Interventores de Cuentas (órgano de fiscalización).
- Comité de Recursos (si lo prevén los estatutos, para resolver recursos contra sanciones a socios).