Tipos de Sociedades Mercantiles: Características Clave de SL, SA y Laborales

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Tipologías de Sociedades Mercantiles: Un Resumen Comparativo

A continuación, se detallan las características fundamentales de tres formas jurídicas empresariales comunes en el ámbito mercantil.

Sociedad Limitada (SL)

Es aquella sociedad mercantil en la que el capital social está dividido en participaciones iguales. La responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado.

Características de la Sociedad Limitada:

  • Nº de Socios: No existe un número mínimo legal establecido.
  • Responsabilidad Económica: La responsabilidad es limitada. Los socios responden únicamente con su patrimonio aportado a la sociedad.
  • Capital Mínimo de Constitución: Constituido por las aportaciones de los socios (el mínimo legal debe ser especificado según la legislación vigente, aunque el texto original no lo detalla explícitamente).
  • Tributación: Las sociedades limitadas tributan por el Impuesto sobre Sociedades.
  • Transmisibilidad de la Participación en la Sociedad: Únicamente es libre si el comprador es descendiente, cónyuge u otro familiar directo del socio transmitente.
  • Denominación Social: No podrá ser idéntica a la de otra sociedad existente. Deberá figurar obligatoriamente la abreviatura SRL o SL al final del nombre.

Sociedad Anónima (SA)

Es una sociedad mercantil con personalidad jurídica independiente de sus socios, en la que el capital social se encuentra dividido en acciones. Las acciones son indivisibles e individuales.

Características de la Sociedad Anónima:

  • Nº de Socios: Puede constituirse como sociedad unipersonal.
  • Responsabilidad Económica: Limitada al capital aportado.
  • Capital Mínimo de Constitución: Mínimo de 60.101,21 Euros.
  • Tributación: Tributa mediante el Impuesto sobre Sociedades.
  • Transmisibilidad de la Acción en la Sociedad: Es libre, salvo que se hubiesen establecido restricciones estatutarias.
  • Denominación Social: No podrá ser idéntica a la de otra sociedad existente. Deberá figurar obligatoriamente SA o Soc. Anónima.

Sociedad Laboral

Son sociedades anónimas o limitadas (aunque el texto original se centra en la SA) en las que la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores. Se definen como aquellos que prestan en ella servicios retribuidos de forma personal y directa, y cuya relación laboral es por tiempo indefinido.

Características de la Sociedad Laboral:

  • Nº de Socios: No puede ser inferior a tres socios. Se distinguen dos tipos:
    • Socios Trabajadores: Prestan sus servicios de forma personal y directa.
    • Socios No Trabajadores: No prestan su trabajo en la sociedad.
  • Responsabilidad Económica: Limitada a las aportaciones de cada uno de los socios.
  • Capital Mínimo de Constitución: Puede ser el mínimo de la Sociedad Limitada (3.005,06 €) o el de la Sociedad Anónima (60.101,21 €), dependiendo de su forma jurídica subyacente.
  • Tributación: Impuesto sobre Sociedades.
  • Transmisibilidad de la Acción en la Sociedad: Existen dos clases de acciones: las de clase laboral y las de clase general, con regímenes de transmisión distintos.
  • Denominación Social: No podrá ser idéntica a la de otra sociedad existente. Deberá figurar obligatoriamente SLL (si es Limitada Laboral) o SAL (si es Anónima Laboral).

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