Títulos de Crédito: Conceptos Esenciales, Principios y Clasificaciones Legales
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Cuarta Parte
Capítulo 1: Fundamentos de los Títulos de Crédito
Actos de Comercio y Naturaleza de los Títulos de Crédito
Los actos de comercio incluyen instrumentos como cheques, letras de cambio y los títulos a la orden y al portador.
Los Títulos de Crédito como Cosas Mercantiles: Bienes Muebles
Los títulos de crédito son considerados cosas mercantiles, específicamente bienes muebles.
Los Títulos de Crédito como Documentos Mercantiles: Ejercicio del Derecho Literal
Son documentos mercantiles necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna.
Definición de Títulos de Crédito
Los títulos de crédito se definen como documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna.
Principios Característicos de los Títulos de Crédito
Incorporación
La incorporación implica que todos los títulos de crédito tienen incorporado un derecho económico que constituye el cuerpo del título.
Legitimación
La legitimación en un título de crédito consiste en la facultad o derecho que se le otorga al titular del mismo para exigir del obligado el pago de la prestación contenida o incorporada en el documento.
Literalidad
La literalidad se refiere al derecho económico a cobrar por parte del beneficiario o tenedor al obligado en el título.
Autonomía
La autonomía implica que el título contiene un derecho autónomo, ya que el titular o beneficiario, al transmitir su derecho a un tercero, este adquiere y posee un derecho independiente, propio y distinto.
Capítulo 2: Clasificación y Tipos de Títulos de Crédito
Clasificación por Regulación Legal
Títulos Nominados
Son considerados títulos de crédito nominados aquellos que se encuentran expresamente regulados por la ley y a los que esta les otorga un nombre específico, por ejemplo: la letra de cambio, el cheque y el pagaré.
Títulos Innominados
Los títulos innominados son aquellos que no tienen una regulación legal específica y han sido creados por los usos y costumbres mercantiles.
Clasificación por Contenido Económico
Títulos de Crédito Simples
Los títulos de crédito simples son aquellos que representan una sola prestación económica en su contenido, por ejemplo: un pagaré, una letra de cambio o un cheque.
Títulos de Crédito Complejos
Los títulos de crédito complejos son aquellos que tienen incorporados derechos diversos, es decir, una pluralidad y variedad de derechos contenidos en el título, como por ejemplo las acciones, que confieren a su tenedor diversos derechos como el de votar en las asambleas o el de recibir utilidades.
Clasificación por Emisor
Títulos de Crédito Públicos
Los títulos de crédito públicos son aquellos que son emitidos por el Estado o por organismos paraestatales, como por ejemplo los bonos del ahorro nacional y los petrobonos.
Títulos de Crédito Privados
Los títulos de crédito privados son aquellos que son emitidos por particulares, como por ejemplo la letra de cambio, el pagaré y el cheque.
Clasificación por Forma de Creación
Títulos de Crédito Singulares
Los títulos de crédito singulares son aquellos que han sido creados uno solo para cada acto de emisión, como por ejemplo la letra de cambio, el cheque o el pagaré.
Títulos de Crédito Seriados
Los títulos de crédito seriados son aquellos que en un solo acto se crean en serie, como por ejemplo las acciones y las obligaciones de la sociedad anónima.
Instrumentos de Crédito y Pago Específicos
El Pagaré
El pagaré es un instrumento de crédito.
El Cheque
El cheque es un instrumento de pago.
Clasificación por Forma de Transmisión
Títulos Nominativos
Los títulos nominativos se encuentran inscritos en el registro del emisor. Un ejemplo son las acciones de una sociedad anónima.
Títulos a la Orden
Los títulos a la orden son aquellos que se expiden a favor de determinada persona y se transmiten por medio del endoso y la entrega del documento. No requieren estar inscritos en el registro del emisor.
Ejemplos de Títulos a la Orden:
- Letra de cambio
- Pagaré
Títulos de Crédito al Portador
Los títulos de crédito al portador son aquellos que no están expedidos a favor de persona determinada, contengan o no la cláusula "al portador".