Transformación Constitucional en Venezuela: 1936-1953

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Constitución de 1936 / 1945

La primera, sancionada por el Congreso de los Estados Unidos de Venezuela en Caracas el 16 de julio de 1936 y promulgada por el presidente de la República, General Eleazar López Contreras, el 20 del mismo mes y año, reformó la de 1931.

La segunda, una reforma de aquella, sancionada por el Congreso de los Estados Unidos de Venezuela el 23 de abril de 1945 y promulgada por el presidente de la República, General Isaías Medina Angarita, el 5 de mayo del mismo año.

La Constitución de 1936 y su reforma de 1945 representan un salto cualitativo significativo. Se transitó de un sistema de constituciones mayormente teóricas, especialmente en cuanto a derechos individuales (incluyendo los políticos, hasta entonces casi inexistentes), a uno donde progresivamente se consolidaron la eliminación de torturas y prisiones sin juicio, el respeto a la persona y su dignidad, el reconocimiento de asociaciones políticas opositoras, la tolerancia hacia la libre expresión del pensamiento y una vigencia efectiva del espíritu constitucional.

Aspectos más relevantes:

Constitución de 1936

  • Redujo el período presidencial de 7 a 5 años, aplicado voluntariamente por el presidente López Contreras, aunque no era legalmente obligatorio para él.
  • En la declaración de derechos, consagró la libertad de trabajo tradicional e introdujo la idea de protección social del obrero como tarea del Estado, creando un Consejo de Economía Nacional. Esto marcó el inicio del reconocimiento de los derechos sociales.

Reforma de 1945

  • Eliminó la prohibición de la propaganda comunista y anarquista, restableciendo plenamente la libertad de expresión.
  • Inició la tendencia, reforzada en constituciones posteriores, del intervencionismo económico del Estado y la posibilidad de poderes económicos extraordinarios sin suspender garantías y derechos.

El principal defecto de estas constituciones fue mantener la elección indirecta de tercer grado para presidente y de segundo y tercer grado para diputados y senadores. Además, se mantuvo el requisito de saber leer y escribir para votar, excluyendo a gran parte de la población y limitando el sufragio.

Constitución de 1947

Aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente en Caracas el 5 de julio de 1947 y promulgada el mismo día por la Junta Revolucionaria de Gobierno, presidida por Rómulo Betancourt, marcó el inicio de un nuevo estilo constitucional.

Fue la primera constitución de corte democrático al universalizar el derecho al sufragio, incluyendo a los analfabetos (entonces una gran parte de la población) y establecer el voto femenino en igualdad de condiciones con el masculino, además de introducir el voto obligatorio. En otros aspectos, siguió la tradición constitucional previa, con mejoras y modificaciones de detalle.

Constitución de 1953

Sancionada por la Asamblea Nacional Constituyente en Caracas el 11 de abril de 1953 y promulgada por el presidente Marcos Pérez Jiménez el 15 del mismo mes. Representó un retroceso a la Constitución de 1936, aunque mantuvo el sistema electoral de 1947.

Fue una Constitución diseñada para la dictadura, pero sobrevivió tres años tras su caída debido a su capacidad para resolver los problemas políticos complejos de la transición. Cambió el nombre del país de Estados Unidos de Venezuela a República de Venezuela, reconociendo la desaparición efectiva del federalismo en el país.

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