Transformación Jurídica en la España Moderna: De las Leyes de Toro a los Decretos de Nueva Planta

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Contexto Histórico: La Guerra de Sucesión y el Tratado de Utrecht

En España, en torno al año 1700, surgió una Guerra de Sucesión. La Corona de Aragón quería a Felipe de Borbón; esta guerra la ganó Felipe y acabó en 1713 con el Tratado de Utrecht. Como consecuencia, España perdió Menorca y Gibraltar, aunque en 1783 se volvió a recuperar Menorca.

Los Decretos de Nueva Planta

Primer Decreto de Nueva Planta (1707)

Felipe V aprovechó el cambio de postura de la Corona de Aragón para promulgar unos decretos suprimiendo su régimen político. Estos son conocidos como los Decretos de Nueva Planta, también denominados decretos de Felipe V para los territorios de la Corona de Aragón.

El primer decreto es de carácter derogatorio y lo otorgó Felipe V en 1707, en plena Guerra de Sucesión. Este decreto deroga todo el derecho y las instituciones del Reino de Aragón y del Reino de Valencia. Las motivaciones que alega son exponente de su mentalidad contraria a los regímenes forales:

  • La rebelión que habían hecho contra él, tras haberlo jurado al principio y después apoyar a otro candidato.
  • El motivo real era unificar todos los reinos bajo las leyes, usos, costumbres y tribunales de Castilla.

Este decreto suprime totalmente todo el régimen público y privado de Aragón y Valencia, aunque no llegó a tener un efecto total inmediato.

Segundo Decreto de Nueva Planta (1711)

Cuatro años más tarde de publicar su primer decreto derogatorio, en 1711 y todavía sin finalizar la guerra, Felipe V dictó el segundo decreto llamado "Establecimiento de un nuevo gobierno en Aragón y planta interina de su Real Audiencia de Zaragoza". Este decreto no deroga, sino que reorganiza provisionalmente el gobierno y la administración de justicia. Sus puntos clave fueron:

  • Crea la figura de un Comandante General.
  • Establece una Audiencia para la administración de justicia con dos salas: una para lo civil y otra para lo penal.

La Evolución del Derecho: Las Leyes de Toro

En la Edad Moderna, el principio de jerarquía vigente era el del Ordenamiento de Alcalá. Sin embargo, en el siglo XV, los reyes permitieron alegar las obras de comentaristas prestigiosos. Esto no solucionó los problemas jurídicos, ya que no se determinaba con claridad la jerarquía de fuentes.

Por ello, los reyes promulgaron las Leyes de Toro, presentadas en las Cortes de Castilla en 1505, en tiempos de Doña Juana. Es de gran interés la jerarquía de fuentes que establece para el Derecho Real (presente, pasado y futuro), seguida de los fueros locales y, por último, las Siete Partidas.

Mediante estas leyes, se deroga la disposición que permitía alegar a los comentaristas, estableciendo que, cuando haya duda, se debe recurrir al Rey. Cabe destacar que estas leyes se encuentran integradas en las recopilaciones castellanas y que esta jerarquía pasó a la Nueva Recopilación de 1567 y a la Novísima Recopilación de 1805.

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