Reformas administrativas borbónicas: intendencias, municipios y Estado centralizado

HistoriaActualizado el 3,64 KB

Resumen

El texto describe las reformas administrativas de la dinastía borbónica, centradas en la creación de las intendencias, el control de los gobiernos locales y la simplificación de los órganos centrales del Estado. Explica también los cambios municipales introducidos bajo Carlos III en 1766 y las excepciones forales de las provincias vascas y Navarra.

Puntos clave

  • Las intendencias, de origen francés, eran circunscripciones territoriales dirigidas por un intendente con funciones fiscales, judiciales y militares.
  • Los Concejos o Consells fueron sustituidos en los Ayuntamientos por Corregidores nombrados y controlados por la Corona, siguiendo el modelo castellano.
  • La reforma municipal de 1766 bajo Carlos III creó el Procurador Síndico Personero, el Diputado del Común y los Alcaldes de Barrio.
  • Desaparecieron los Consejos territoriales, sustituidos por las Secretarías de Despacho, y solo se mantuvieron el Consejo de Castilla y el de Indias.
  • Los Decretos de Nueva Planta reforzaron un Estado absolutista y centralizador en los reinos de la antigua Corona de Aragón.
  • Las provincias vascas y Navarra conservaron sus fueros, aduanas interiores y exenciones militares como recompensa por su lealtad a Felipe V.

Ponte a prueba

Reestructuración del Poder y la Administración bajo los Borbones

Las reformas implementadas por la nueva dinastía borbónica supusieron una profunda reorganización de las estructuras administrativas del Estado, buscando centralizar el poder y aumentar la eficiencia del control monárquico.

Estructuras Territoriales y Fiscales

b) Las Intendencias

  • Origen y Función: Las Intendencias, de origen francés, eran circunscripciones territoriales controladas por un intendente.
  • Rol Administrativo: Sirvieron, en algunas ocasiones, para configurar la futura administración provincial.
  • Atribuciones del Intendente: Los intendentes poseían atribuciones de carácter fiscal, judicial o, incluso, militar. También supervisaban las obras públicas y el fomento de la actividad económica.
  • Importancia: Resultaron una pieza decisiva de la nueva administración borbónica.

Cambios en el Ámbito Local

c) El Control Municipal

En el ámbito local los cambios también fueron notables: el control del monarca sobre los gobiernos locales anulaba la autonomía de que habían gozado hasta entonces.

  • Sustitución de Gobiernos: Los Concejos o *Consells* dejaron paso en los Ayuntamientos a los Corregidores, nombrados y controlados por la Corona, siguiendo el modelo castellano.
  • Gestión Local: Las oligarquías locales monopolizaron la gestión de los impuestos, las obras públicas o la asistencia social.

Reforma del Régimen Municipal (Reinado de Carlos III)

Fue durante el reinado de Carlos III cuando se produjo la más destacada reforma del régimen municipal (1766), introduciendo nuevos cargos:

  • Procurador Síndico Personero: Era la voz del común de vecinos de la localidad.
  • Diputado del Común: Encargado del control de los abastecimientos y mercados.
  • Alcaldes de Barrio: Vecinos ejemplares que centraban su labor en velar por el cumplimiento de las ordenanzas municipales.

Nota: Los dos primeros cargos eran de elección popular, aunque ello no significó una democratización del gobierno municipal.

Transformaciones en la Administración Central

d) El Poder Estatal

En el ámbito estatal, se produjo una simplificación y centralización de los órganos de gobierno:

  • Desaparición de Consejos: Desaparecieron los Consejos territoriales, siendo sustituidos por las Secretarías de Despacho. Únicamente se mantuvieron el Consejo de Castilla y el de Indias.
  • Función de las Cortes: Las Cortes dejaron de tener la función de siglos anteriores. Desaparecieron las de los antiguos reinos y tan solo quedaron las de Castilla, que pasaron a denominarse “Cortes Generales del Reino”.

Consecuencias del Centralismo

En definitiva, el poder del monarca salió fortalecido y los Decretos de Nueva Planta, aplicados a los reinos de la ya desaparecida Corona de Aragón, supusieron un nuevo Estado de corte absolutista y centralizador, dejando atrás la concepción pactista federal de siglos anteriores.

Excepciones Forales

Al contrario que los territorios aragoneses, las provincias vascas y Navarra conservaron sus instituciones (Cortes de Navarra), sus fueros, sus aduanas interiores e, incluso, sus exenciones militares. Fue la recompensa de Felipe V por haberse mantenido fiel a la causa borbónica.

Descargar

PDF Word HTML

Preguntas frecuentes

¿Qué eran las intendencias borbónicas?

Eran circunscripciones territoriales de origen francés controladas por un intendente, con atribuciones fiscales, judiciales o militares. También supervisaban las obras públicas y el fomento de la actividad económica.

¿Qué cargos municipales creó Carlos III en 1766?

Creó el Procurador Síndico Personero, el Diputado del Común y los Alcaldes de Barrio. Los dos primeros eran de elección popular, aunque no supusieron una democratización del gobierno municipal.

¿Por qué se mantuvieron los fueros de las provincias vascas y Navarra?

Felipe V los mantuvo como recompensa por haberse mantenido fiel a la causa borbónica, conservando también sus aduanas interiores y exenciones militares.

Ponte a prueba

Tarjetas de repaso

Pulsa una tarjeta para ver la respuesta.

Test

1. ¿De qué origen eran las intendencias borbónicas?
2. ¿Qué cargos sustituyeron a los Concejos en los Ayuntamientos?
3. ¿En qué año se produjo la reforma del régimen municipal bajo Carlos III?
4. ¿Qué consejos se mantuvieron tras la desaparición de los territoriales?
5. ¿Qué decretos aplicaron el modelo absolutista en los reinos de la Corona de Aragón?
6. ¿Por qué las provincias vascas y Navarra conservaron sus fueros?

Preguntas generadas con IA a partir del documento: comprueba las respuestas con el texto.