Transformaciones del Derecho Romano: Periodos Postclásico y Vulgar

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El Derecho Romano Postclásico

El Derecho Romano Postclásico representa una simplificación del Derecho Romano clásico impulsada desde las altas esferas del poder, es decir, desde las autoridades imperiales. A partir de mediados del siglo III d.C., los grandes juristas clásicos desaparecieron, y el Derecho Romano se volvió repetitivo. Las obras jurídicas de esta época consistían principalmente en copias o resúmenes (epítomes) de los trabajos de los juristas anteriores.

En este periodo, los juristas se convirtieron en funcionarios al servicio del Emperador, empleados públicos integrados en la burocracia imperial. El Emperador consolidó su poder, haciendo decaer las instituciones republicanas como el Senado, y se erigió como monarca absoluto y principal motor legislativo. Sus actos normativos más característicos fueron las constituciones imperiales.

Mientras la parte occidental del Imperio experimentaba una creciente ruralización y una simplificación del derecho, la parte oriental, de influencia griega (helena), cobró gran importancia, también en el ámbito jurídico. Las escuelas de derecho, anteriormente prominentes en Occidente, florecieron en Oriente, llevando a un predominio de la cultura helena sobre la latina en el desarrollo jurídico tardío.

El sistema de fuentes del derecho en esta época se componía de dos grandes bloques:

  • Las leges: Constituciones imperiales emanadas directamente del Emperador.
  • Los iura: Obras doctrinales de los juristas, que, como se mencionó, eran mayoritariamente compilaciones o resúmenes de la jurisprudencia clásica.

El Emperador se convirtió en una fuente prolífica de legislación, incrementando notablemente el volumen de las constituciones imperiales. Ante una cultura jurídica menos sofisticada y la dificultad de manejar la vasta herencia clásica, surgieron las llamadas leyes de citas. Se conocen tres, siendo la más famosa la promulgada en el año 426 d.C. por Teodosio II y Valentiniano III. Estas leyes establecían qué obras jurisprudenciales (iura) podían ser invocadas en juicio y qué criterios seguir en caso de opiniones divergentes entre los juristas citados.

El Derecho Romano Vulgar

A diferencia del Derecho Romano Postclásico, que fue una evolución impulsada y consentida por la autoridad imperial (desde arriba), el Derecho Romano Vulgar surgió de las prácticas y necesidades de la sociedad provincial (desde abajo).

Inicialmente, los historiadores del derecho atribuían ciertas instituciones jurídicas medievales, que no encontraban correspondencia directa en el derecho clásico o postclásico documentado, a un origen germánico, suponiendo que provenían de los pueblos bárbaros que se asentaron en el Imperio. Sin embargo, hacia 1880, el jurista e historiador alemán Heinrich Brunner acuñó el término y definió el concepto de "Derecho Romano Vulgar". Demostró que muchas de esas instituciones no tenían un origen germánico, sino que eran el resultado de una transformación y simplificación del propio Derecho Romano en las provincias.

En los últimos siglos del Imperio, la autoridad central se debilitó. Aunque el Emperador asumió formalmente toda la facultad legislativa, su control efectivo sobre el vasto territorio disminuyó. El Imperio se ruralizó, con un aumento de la población en el campo y una menor influencia de los centros urbanos y administrativos. En muchas regiones, la autoridad imperial se volvió más honorífica y formal que real y eficaz.

En este contexto, se fue formando un derecho nacido de la práctica cotidiana, del uso consuetudinario en las provincias. Este Derecho Romano Vulgar era considerablemente más sencillo y rudimentario que el clásico e incluso que el postclásico oficial, ya que respondía a las necesidades prácticas de una sociedad menos compleja y con menor acceso a la formación jurídica refinada. Era, en esencia, una adaptación popular y pragmática del Derecho Romano.

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