Transformaciones Políticas en España: De Bayona a la Constitución de Cádiz

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Modelo Político Francés y Liberal Español

Durante la **Guerra de la Independencia**, se enfrentaron dos modelos políticos principales: el **reformista francés** (encarnado por José I Bonaparte) y el **liberal español**, que culminó en las Cortes de Cádiz.

El reformismo francés se rodeó de ilustrados y afrancesados españoles para otorgar legitimidad a su reinado. Para ello, José I Bonaparte convocó una asamblea de notables españoles en Bayona con el fin de aprobar una nueva ley fundamental para el reino, el **Estatuto de Bayona** (julio de 1808). Este fue una **carta otorgada** que el monarca concedía al pueblo sin que este participara. En ella, el monarca ostentaba el **poder absoluto**, aunque se reconocían algunos **derechos individuales** y se establecían unas Cortes representadas por tres estamentos. Además, se declaraba la **abolición de los derechos señoriales** y de la **Inquisición**.

El Modelo Político de las Juntas

En el bando de los “Patriotas”, se produjo una auténtica revolución política: surgieron una serie de nuevas instituciones que debían actuar en nombre del rey ausente. La única legitimidad de las instituciones creadas durante la Guerra de la Independencia procedía del pueblo español.

Las Juntas

Los organismos más importantes fueron las **juntas**. Eran de ámbito local y provincial, y estaban formadas por ilustrados, militares, clérigos y otras personalidades elegidas por los ciudadanos. La necesidad de coordinarse obligó a constituir **Juntas Supremas Provinciales** y una **Junta Suprema Central**. Esta última, huyendo del ejército francés, tuvo que establecerse en Cádiz. Finalmente, se adoptó la decisión de convocar unas Cortes.

Las Cortes de Cádiz

Su primera sesión se celebró en Cádiz en septiembre de 1810 y concluyó en 1813. Los diputados se agruparon en:

  • Los **liberales**: Constituían el ala izquierda. Eran partidarios de emprender cambios radicales y de dotar a las Cortes de toda la soberanía, y fueron los auténticos triunfadores al imponer sus criterios.
  • Los **jovellanistas**: Se situaban en el centro. Abogaban por establecer un compromiso entre la nación y el rey (mediante unas Cortes estamentales), y a largo plazo su criterio acabó imponiéndose.
  • Los **absolutistas**: Constituían el ala derecha. Eran enemigos de las reformas y partidarios del sistema tradicional (la soberanía del rey emanaba de Dios). Además, sus ideas obtuvieron el respaldo de Fernando VII y los carlistas.

Las Cortes de Cádiz aprobaron medidas que desmantelaban gran parte de los fundamentos del **Antiguo Régimen**. Entre sus decisiones destacan:

  • La **supresión del régimen señorial** y la **abolición de los derechos feudales**, eliminando la dependencia personal de los campesinos respecto a sus señores.
  • La **continuación de la desamortización**, aplicada a las propiedades de los afrancesados, de las órdenes militares disueltas, de los monasterios destruidos por la guerra y a la mitad de las tierras municipales.
  • La **supresión de la Inquisición**, las **aduanas internas** y los **gremios**.

Estas medidas apenas llegaron a aplicarse; sin embargo, se convirtieron durante décadas en el programa de los liberales españoles.

La Constitución de 1812

La reforma más relevante llevada a cabo por las Cortes de Cádiz fue la **Constitución de marzo de 1812**. Sus principios fueron:

  • La **soberanía nacional** (la soberanía residía en la nación).
  • La **división de poderes** (el poder legislativo residía en las Cortes unicamerales, el ejecutivo lo ostentaba el rey y el judicial los tribunales).
  • La **monarquía parlamentaria**, que limitaba el poder del monarca y el Gobierno en torno al rey era responsable ante la ley y ante el parlamento.
  • El **reconocimiento de los derechos individuales**, aunque no existía una declaración explícita de derechos individuales.
  • La **proclamación del catolicismo** como religión oficial del Estado, afirmándose así la intolerancia religiosa.
  • La **adopción de un nuevo sistema electoral**, donde se reconocía el **sufragio masculino pero indirecto**, ya que no elegían a los diputados sino a unos representantes que se encargaban de designarlos (favorecía que se eligiese a los nobles locales).
  • La **democratización de la vida municipal**, en la que las corporaciones municipales y sus miembros serían renovados anualmente.

Además, se creó la **Milicia Nacional**, un cuerpo armado civil de voluntarios que defendía la nación y la Constitución.

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