Transporte de Mercancías y Personal Ferroviario: Acuerdos, Habilitaciones y Comercialización
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Comercialización del Transporte Terrestre de Mercancías
Carga Completa
Contratación y llenado por el cargador de una unidad completa de transporte que viajará de un origen a un destino mediante transporte terrestre. Puede hacerse dependiendo del tipo de mercancías. El transportista se ocupa, de principio a fin, de la ejecución del transporte. No realiza actividades previas o complementarias.
Carga Fraccionada
Expedición de partidas de diferentes remitentes, de diferente peso, clase o volumen, que por sí solas no ocuparían un medio de transporte y que se acondicionan como una única unidad física de manipulación y circulación con el fin de facilitar su expedición y transporte hacia un destino común. Trabajos previos o complementarios.
El concepto de grupaje consiste en agrupar mercancías de diferentes operadores cuando la cantidad de mercancía es insuficiente para llenar un transporte entero.
Tipos de Acuerdos Comerciales
Acuerdos en Exclusiva
Una empresa de transporte presta de manera estable servicios en exclusiva para un solo cargador. Empresas de transporte de gran tamaño.
Acuerdos Preferenciales
Entre cargadores y porteadores, estables, se conceden condiciones ventajosas mutuamente.
Acuerdos No Estables
Operaciones comerciales independientes que se firman entre porteadores y cargadores para servicios completos y de forma puntual. Empresas de transporte de pequeño tamaño (menos de 6 vehículos).
Habilitación del Personal de Conducción de un Tren
El título o licencia de conducción será otorgado por el Director General de Ferrocarriles.
Categoría A
Conducción de vehículos de maniobras, trenes de trabajo a velocidad máxima de 60 km/h y en una distancia máxima de 100 km desde la base de trabajo, viceversa, vehículos ferroviarios auxiliares empleados para el mantenimiento y construcción de la infraestructura ferroviaria, y locomotoras cuando sean utilizadas para la realización de maniobras.
Categoría B
Conducción y manejo de toda clase de vehículos ferroviarios en cualquier línea ferroviaria integrante de la Red Ferroviaria de Interés General.
Además de las licencias, el personal de conducción deberá contar con una habilitación de conducción por clase de material correspondiente a aquel con el que vaya a realizar su actividad.
Habilitación del Personal de Operaciones de un Tren (FOM/2872/2010)
Auxiliar de Operaciones del Tren
Labores de enganche, desenganche y acoplamiento de vehículos ferroviarios, colaborar en la realización de pruebas de frenado y efectuar la colocación y retirada de señales.
Cargador
Dirige y realiza las operaciones de carga y descarga de las mercancías transportadas por ferrocarril, el acondicionamiento de la carga y la sujeción del material.
Operador de Vehículos de Maniobras
Maniobras dentro de la zona Red Ferroviaria de Interés General, el desplazamiento y manejo de vehículos ferroviarios en operaciones asociadas a las actividades de maniobras, clasificación y retirada del material.