Tratados Internacionales: Proceso de Elaboración, Entrada en Vigor y Efectos Jurídicos

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Proceso de Elaboración de Tratados Internacionales

Órganos y Sujetos Participantes

Quienes pueden participar en las dos primeras fases de la elaboración de tratados son:

  • Plenipotenciarios: El Estado les otorga poderes para que puedan participar en las primeras fases del proceso de elaboración de tratados. Pueden ser personas u órganos en los que el Estado delega la negociación del tratado.
  • Jefes de Misión Diplomática: Son los embajadores.
  • Jefes de Delegación en una Conferencia Internacional: El tratado sería multilateral, es decir, en él participarían muchos estados y, por tanto, para elaborarlo se crea una conferencia internacional.

Hay otros que no necesitan credenciales: el Ministro de Asuntos Exteriores, el Jefe de Gobierno y el Jefe de Estado.

Quienes participan en las últimas fases son los plenipotenciarios, y de nuevo, el Ministro de Asuntos Exteriores, el Jefe de Gobierno y el Jefe de Estado.

Entrada en Vigor y Efectos de los Tratados

La entrada en vigor de un tratado la establece el propio tratado.

Respecto a los efectos de su entrada en vigor, podemos determinar ciertos aspectos:

  • En cuanto a la duración del tratado en el tiempo, su comienzo se dará con la entrada en vigor, y su fin será producido por nulidad, suspensión o terminación.
  • Si el tratado no especifica nada, tendrá validez en todo el territorio de los estados.
  • Cuando existan otros tratados que regulen la misma materia, en caso de incompatibilidad, siempre:
    • Prevalece el tratado posterior.
    • El específico prevalece sobre el general.
    • El tratado principal prevalece sobre el subordinado.
    • La Carta de las Naciones Unidas prevalece sobre todos los demás.

Efectos Específicos de los Tratados

Respecto al Tiempo

Los tratados comienzan a aplicarse con la entrada en vigor, no con la manifestación del consentimiento (es decir, con la ratificación), aunque el Estado ya quede obligado a cumplirlo.

En el caso de que el tratado se incorpore tras su entrada en vigor, comenzará a aplicarse desde el momento de la adhesión. El tratado puede dejar de surtir efectos debido a tres causas: por nulidad, por suspensión o por terminación.

Respecto al Espacio

Los tratados despliegan sus efectos en todo el territorio del Estado.

Respecto a Otros Tratados

La Carta de las Naciones Unidas, al tener una naturaleza constitucional, prevalece sobre el resto de tratados, aunque sean posteriores a ella. En cuanto al resto de tratados, si no son incompatibles, se aplican de modo simultáneo; si por el contrario son incompatibles, rigen las siguientes reglas:

  • El tratado posterior deroga al anterior (derogación tácita).
  • El tratado específico deroga al general.

Respecto a Terceros Estados

Aquellos que no han participado en el tratado son considerados terceros Estados, sobre los cuales no podrán surgir derechos y obligaciones derivados del tratado a menos que haya consentimiento expreso. La única excepción que se ha dado ha sido con la Carta de las Naciones Unidas.

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