Tribunales y jueces en Chile
Clasificado en Derecho
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Concepto de Tribunal
Jueces de letra: son tribunales unipersonales, ordinarios, letrados de derecho y permanentes, obedece a la clasificación, ejercen sus facultades en una comuna, conocen en primera instancia de todos los asuntos que no hayan sido entregados en otros tribunales artículo 28 al 48 del COT
Requisitos para ser Juez de Letras
Artículo 252 COT
3 Requisitos Generales
Ser chileno, tener el título de abogado y haber cumplido satisfactoriamente el programa de formación para postulantes al escalafón primario del poder judicial. 256 al 261 del COT (leer).
¿Cómo se nombra?
Se llama a un concurso que dura 10, se hace una terna y esta terna se envía al presidente de la república para que así esté escoja, esta terna tiene que estar compuesta por el juez más antiguo de la comuna, tiene un cupo preferencial. Artículo 27 del COT
Territorio Jurisdicción
En cada comuna existirá un juez de letras.
Competencias
En primera instancia de los asuntos civiles si son contenciosos o no contenciosos, en Chile sólo existe laboral, civil, penal, la competencia de los tribunales se define de distintas formas
- La cuantía de única instancia, cuando son civiles o comerciales inferiores a 10UTM, en primera instancia causas civiles o comerciales superiores a 10 UTM
Contencioso: Solicitud entre las partes
No Contencioso: Es aquel que se encuentra sometido al análisis y la decisión de un tribunal como un litigio que existe entre partes. Todo derecho minero es de orden civil
Fuero: Artículo 45 letra g del COT
Corte de Apelaciones
Son tribunales ordinarios, colegiados, letrados, de derecho y permanentes que ejercen su función en una región o en parte de ella, son depositarios de casi la totalidad de competencia de segunda instancia (artículo 54 al 92 COT)
Requisitos para ser Ministros son los mismos que para ser Fiscal
Ser chileno, tener título abogado, cumplir los requisitos del 284 del COT, cumplir con el programa de formación para ministro, haberse desempeñado por lo menos 1 año como juez de letras, no tener inhabilidades (art 256 al 261 COT).
Los ministros son designados por el presidente de la república, se eligen por una terna, la terna la conforma la corte suprema, concurso que dura 10 días y se reúnen los candidatos, este concurso tiene asegurado su postulación el juez de letras más antiguo, tiene asegurado un cupo en la terna, donde se ubica la corte se llama comuna asiento de corte