Union Concubinaria y Contrato: Definiciones y Características
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Union Concubinaria
Definición: Situación de hecho derivada de la comunidad de vida de dos personas, cualquiera sea su sexo, identidad u orientación sexual, que mantienen una relación de índole sexual, de carácter exclusivo, estable y permanente sin estar unidos en matrimonio entre sí.
- 3 tipos:
- Convivencia ininterrumpida durante 5 años o más
- Igual que el otro pero reconocida judicialmente
- Menos de 5 años y siguen las normas relativas de enriquecimiento sin causa y sociedad de hechos
Derechos y obligaciones: Respeto y asistencia recíproca, contribución en los gastos del hogar, derecho a los hijos, mantenimiento y educación.
Reconocimiento judicial: Se busca establecer la fecha de la unión y los bienes obtenidos que son producto del esfuerzo de ambos y que formarán la nueva sociedad concubinaria de bienes. Se disuelve automáticamente el anterior; la inscripción es en el registro de actos personales (sección uniones concubinarias).
Disolución de la unión concubinaria:
- Por sentencia judicial de petición de cualquiera de las partes
- Por fallecimiento de uno
- Por la declaración de ausencia de uno de ellos
Contrato
Definición: Acuerdo de voluntades entre dos o más personas que requiere para su formación la existencia de elementos:
- Consentimiento de las partes
- Capacidad legal de una parte que obliga
- Un objeto lícito y suficientemente determinado que sirve de materia de la obligación
- Que sea lícita la causa inmediata de la obligación
Características:
- Actividad personal
- Onerosidad
- Durabilidad
- Subordinación
Contrato de trabajo = arrendamiento de servicio (por subordinación jerárquica)
Contratos atípicos:
- A prueba
- Zafrales
- De suplencia
- Teletrabajo