Ventajas y desventajas de las Empresas de Trabajo Temporal
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
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Las Empresas de Trabajo Temporal
se dedican principalmente a la contratación de trabajadores para cederlos a otras empresas. Ésta actividad es única y exclusivamente de este tipo de empresas ya que actúan como intermediarios laborales
Ventajas para las Empresas
De entre las ventajas de utilizar una ETT para las Empresas tenemos la rapidez y eficacia con la que nos proporcionan recursos humanos adecuados a las necesidades de la empresa, transforma los gastos fijos en variables, equilibran la fuerza de trabajo permanente y la temporal, adaptación rápida y adecuada a las variaciones que impone el entorno. Pero también tiene ventajas para el Mercado Laboral como son la solución para trabajadores menos cualificados o para los que no deseen una vinculación laboral estable, acceso a la experiencia laboral, formación adaptada a las necesidades empresariales, vía para reducir el desempleo, impulsan los contratos permanentes (35%) de los trabajadores cedidos, entre otras.
Inconvenientes
Los inconvenientes a destacar tenemos los diversos efectos que pueden causar en la motivación de los trabajadores
Contratos laborales
- Contrato por obra o servicio determinado: se celebra para al realización de una obra o servicio determinado con autonomía propia dentro de la actividad normal de la empresa, cuya ejecución aunque limitada en el tiempo es en principio de duración incierta. Puede prolongarse hasta que finalice la obra que se le contrató al trabajador y hay que tener en cuenta que ésta no puede coincidir con la actividad habitual de la empresa. (máx 3 años)
- Contrato eventual por exigencias de la producción: se concierta para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa. La duración máxima de éste contrato es de 6 meses dentro de un periodo de 12 meses.
- Contrato de interinidad: tiene por objetivo sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto, o cubrir temporalmente en puesto de trabajo que está en proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva. La duración del contrato será la del periodo de ausencia del trabajador sustituido con derecho a reserva del puesto, o lo que tarde el proceso de selección o promoción en cubrir el puesto definitivamente con un máximo de tres meses en estos dos últimos casos. Esta modalidad no conlleva indemnización a su término.