Verdades y Mitos de los Derechos Reales de Garantía: Hipoteca, Anticresis y Retención
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Este documento aborda conceptos fundamentales y aclaraciones sobre los derechos reales de garantía en el marco del Derecho Civil peruano, específicamente la hipoteca, la anticresis y el derecho de retención. A continuación, se presentan diversas afirmaciones para evaluar su veracidad y comprender sus implicaciones jurídicas.
Acreedor Anticrético y Usufructuario: Derechos y Obligaciones
El acreedor anticrético y el usufructuario, ¿tienen básicamente los mismos derechos y obligaciones, pues en ciertos casos se entrega el bien no consumible para que sea usado y disfrutado por un tiempo?
(F) Porque, si bien poseen derechos similares, sus obligaciones difieren.
Formalidad de Escritura Pública en Hipoteca y Anticresis
Tanto en la hipoteca como en la anticresis, el requisito de otorgamiento de escritura pública es una formalidad ad solemnitatem, cuya inobservancia acarrea la nulidad de dichos derechos reales de garantía.
(V) Porque tanto la anticresis como la hipoteca se constituyen por escritura pública, salvo disposición legal en contrario.
Retención de Bienes Vinculados a la Deuda
¿Está permitido por ley que el retenedor pueda retener un bien de su deudor que no esté directamente vinculado con la deuda?
(F) Porque el bien debe estar directamente relacionado con la deuda adquirida.
Constitución de Hipoteca sobre Obligaciones y Bienes Futuros
¿Se puede constituir hipoteca tanto sobre obligaciones futuras como sobre bienes futuros?
(F) Porque, si bien es cierto que existe la posibilidad de garantizar obligaciones futuras con hipoteca, está prohibido constituir hipoteca sobre bienes futuros.
Renunciabilidad de Hipotecas Convencionales y Legales
¿Las hipotecas convencionales son renunciables y las legales son irrenunciables?
(F) Porque las hipotecas legales son renunciables y pueden cederse respecto a otras hipotecas, sean legales o convencionales.
Indivisibilidad de la Hipoteca y Ejecución Conjunta
Como la hipoteca es indivisible, entonces, al haber varios inmuebles afectados con hipoteca, ¿el acreedor debe necesariamente ejecutarlos todos en forma conjunta?
(V) Porque, al ser la hipoteca indivisible, esta se ejecuta sobre la totalidad de los bienes inmuebles que garantizan el pago.
Divisibilidad del Derecho de Retención
¿El derecho de retención es divisible? ¿El retenedor puede, a su elección, dividir los montos específicos por si retiene cada uno de los bienes de su deudor?
(F) Porque el derecho de retención es indivisible, según el artículo 1125 del Código Civil peruano.
Efectos del Derecho de Retención frente a Embargo y Remate
¿El derecho de retención impide el embargo y el remate del bien retenido por parte de terceros?
(F) Porque el derecho de retención no impide el embargo ni el remate. El adquirente no puede retirar el bien del poder del retenedor sino hasta entregarle el precio de la subasta que cubra el valor de su deuda.
Extinción del Derecho de Retención por Cumplimiento de la Deuda
¿El derecho de retención únicamente se extingue o deja de surtir efecto cuando el deudor cumple íntegramente con el pago de la deuda al retenedor?
(V) Porque, al cumplirse el pago íntegro de la deuda, el derecho de retención cesa.
Transformación del Derecho de Retención en Cuasiusufructo por Expropiación
¿El derecho de retención que recae sobre un bien que posteriormente resulta expropiado, se puede transformar en cuasiusufructo?
(V) Porque el bien expropiado genera una indemnización, y el cuasiusufructo recaerá sobre dicha indemnización.
La Anticresis como Único Derecho Real de Garantía con Entrega Voluntaria
¿La anticresis es el único derecho real de garantía que recae sobre un inmueble y que implica la entrega voluntaria de este al acreedor?
(V) Porque es el único derecho real de garantía que desposee al deudor del inmueble para que el acreedor disfrute de sus beneficios.
Indivisibilidad de la Hipoteca: Aumento o Reducción
¿La hipoteca es indivisible, razón por la cual no procede ni su aumento ni su reducción?
(V) Porque no se puede aumentar ni disminuir el valor del contrato hipotecario hasta el término del plazo establecido.
El Constituyente de la Hipoteca y la Naturaleza de la Deuda
¿El constituyente de la hipoteca necesariamente tiene que ser el deudor hipotecario y la deuda, a su vez, obligatoriamente debe ser presente o futura?
(V) Porque el constituyente es el propietario del bien y, por tanto, el titular de la deuda.
Posibilidad de que el Retenedor Adquiera la Propiedad
¿Es posible, en ciertos casos especiales, que quien ejerce el derecho de retención pueda, en ejercicio de tal derecho, llegar a ser propietario del inmueble que retiene?
(V) Porque, según el artículo 128 del Código Civil peruano, solo se puede ejercitar el derecho de retención frente al adquirente de título oneroso que tiene registrada su propiedad, y el retenedor puede llegar a ser propietario si pacta con la persona deudora.