Vicios del Consentimiento en Actos Jurídicos: Error, Fuerza y Dolo

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Vicios del Consentimiento y Capacidad en el Derecho Civil

Error de Persona

Por regla general, el error de persona no invalida el consentimiento, excepto cuando la identidad de la persona es un elemento esencial del acto jurídico (Art. 1455 del Código Civil). Esto significa que el error debe ser determinante en la decisión de celebrar el acto.

Fuerza

La fuerza es la presión física o moral ejercida sobre una persona para obtener su consentimiento en un acto jurídico. Esta presión coarta la libertad de decisión.

Condiciones para que la Fuerza Invalide el Consentimiento

  • Debe ser grave: Debe ser de tal magnitud que obligue a la persona a manifestar su voluntad bajo amenaza. Para determinar la gravedad, se considera el sexo, la edad y la condición de la persona. El daño puede recaer sobre la persona o sobre un tercero.
  • Debe ser injusta o ilegítima: La amenaza debe ser contraria a derecho; es decir, no debe estar amparada por una norma jurídica.
  • Debe ser determinante: Los actos de amenaza física o moral deben tener como único objetivo forzar el consentimiento.
  • Puede provenir de cualquier persona: No es necesario que la fuerza provenga de la contraparte del acto jurídico; puede ser ejercida por un tercero. Incluso, en ciertas circunstancias, puede ser impuesta por las circunstancias (aunque esto es debatible y se relaciona con el estado de necesidad).
  • Debe ser actual o inminente: La amenaza debe ser presente al momento de otorgar el consentimiento.

Prueba de la Fuerza

La fuerza puede probarse por todos los medios de prueba que permite la ley, incluyendo testigos.

Actos Realizados en Estado de Necesidad

Son aquellos actos realizados ante un peligro inminente o una situación de violencia insostenible. La doctrina discute si el estado de necesidad vicia el consentimiento o si solo da lugar a la ineficacia del acto, la modificación de sus términos, o si no tiene influencia alguna.

Dolo

El dolo es la maquinación fraudulenta empleada para engañar a una persona y determinarla a celebrar un acto jurídico. Es una actitud consciente de provocar un daño.

El Dolo en Diferentes Contextos

  • En la formación del consentimiento: Constituye un vicio del consentimiento.
  • En el incumplimiento de una obligación contractual: Actúa como agravante de la responsabilidad del deudor.
  • En la responsabilidad extracontractual: Da origen a un delito civil.

Capacidad Legal

La capacidad es la aptitud legal de una persona para adquirir derechos y poder ejercerlos por sí misma. La falta de capacidad se denomina incapacidad.

Tipos de Capacidad

  • Capacidad de goce: Aptitud legal para adquirir derechos.
  • Capacidad de ejercicio: Aptitud legal para ejercer por sí mismo los derechos, sin necesidad de autorización de otra persona.

Toda persona es legalmente capaz, excepto aquellas que la ley declara incapaces. La regla general es la capacidad, y la excepción es la incapacidad.

Consecuencias de la Incapacidad

  • La incapacidad nunca se presume. Solo existen las incapacidades expresamente establecidas por la ley.
  • Las normas relativas a la incapacidad deben interpretarse restrictivamente.
  • La persona que alega la incapacidad debe probarla.

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