Periculum en la Compraventa: ¿Quién Asume el Riesgo?
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Responsabilidad del Vendedor por Custodia
Respecto de la obligación principal de entregar la cosa, el vendedor responde por custodia. Esto significa que, cuando la cosa vendida no se entrega de inmediato, mientras el vendedor la retenga en su poder, responderá de lo que le ocurra, no solo por dolo o culpa, sino también por hurto de tercero. Si la cosa perece por causa de fuerza mayor, el vendedor se libera de su obligación. En la compraventa, la única obligación específica, que puede devenir imposible por perecimiento del objeto, es la del vendedor. Si ello ocurre sin que le sea imputable, por causa de fuerza mayor, se libera. ¿Conserva además el derecho a la contraprestación? Sí. El comprador deberá pagar igualmente el precio, a... Continuar leyendo "Periculum en la Compraventa: ¿Quién Asume el Riesgo?" »