Derecho de Obligaciones
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Definición
La obligación es la relación jurídica en virtud de la cual una persona – deudor – tiene el deber de cumplir una prestación con valor patrimonial a favor de otra – acreedor -, que tiene a su vez, un interés tutelable, aunque no sea patrimonial, en obtener de aquella la prestación o, mediante la ejecución forzada, el específico bien que le es debido.
Etimología
Proviene del latín “obligatio” que es una variante de Obligare. Esta palabra a su vez se deriva de los vocablos “ob”, que significa alrededor y “Ligare”, que debe entenderse como ligamen o atadura. Este segundo vocablo precisa con toda cabalidad el concepto fundamental porque la obligación consiste en un sometimiento del deudor, en una restricción... Continuar leyendo "Derecho de Obligaciones" »