Tipos de Obligaciones y Cumplimiento: Mancomunadas, Solidarias y Formas de Pago
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Tipos de Obligaciones
6.1. Dependiendo de los sujetos: Obligaciones mancomunadas y solidarias
A) Obligaciones: En toda obligación tiene que haber al menos dos o más personas. Cuantos más sujetos, más complicado.
- Organización unipersonal: Un deudor frente a un acreedor.
- Organización pluripersonal: Varios deudores frente a varios acreedores. Dependiendo de los sujetos, las obligaciones pueden ser mancomunadas o solidarias.
B) Mancomunidades: Son aquellas en las que cada deudor debe y cada acreedor tiene derecho de crédito, solamente a una parte de la prestación total.
El crédito y la deuda (obligaciones mancomunadas) se encuentran divididos en tantos acreedores y deudores haya.
- Mancomunidad activa: Varios acreedores frente a un deudor.
- Mancomunidad