Prevención y Sanción del Daño en el Código Civil y Comercial
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Función Preventiva
Función Preventiva: Conjunto de actividades, instrumentos y métodos de actuación tendientes a evitar o disminuir los daños que, por razón de cualquier clase de accidentes, pueden sufrir las personas y los bienes.
Formas de Prevención
En un primer criterio de distinción, la prevención puede ser técnica, jurídica, económica, educativa, política, etc.
Deber de Prevención del Daño
Artículo 1710 CCyC.- Deber de prevención del daño. Toda persona tiene el deber, en cuanto de ella dependa, de:
- a) evitar causar un daño no justificado;
- b) adoptar, de buena fe y conforme a las circunstancias, las medidas razonables para evitar que se produzca un daño, o disminuir su magnitud; si tales medidas evitan o disminuyen la magnitud