Responsabilidad precontractual: Rudolph Von Ihering y Teoría de Faggela
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Rudolph Von Ihering (1861): culpa in contrahendo:
Lo circunscribe a la fase de formación del consentimiento, distinguiendo:
- El supuesto del contrato nulo por error de una de las partes, caso en el cual ésta pide la nulidad y el errans debe indemnizar a la otra los daños en la confianza. Ej. Se equivoca de unidad de pesos. La extiende a la incapacidad de los sujetos y a la inhabilidad del objeto.
- El supuesto en que el contrato no se ha perfeccionado (revocación después de aceptada y caducidad de la oferta por muerte o incapacidad del oferente).
La fase precontractual comienza con la emisión de la oferta.
El fundamento se encontraría en una obligación de garantía en el sentido de asegurar a la otra parte que se está en condiciones de celebrar... Continuar leyendo "Responsabilidad precontractual: Rudolph Von Ihering y Teoría de Faggela" »