Derecho Local en la Alta Edad Media: Cartas Puebla y Fueros Municipales
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Segundo tipo de derecho en la Alta Edad Media: Derecho Local o Municipal
Derecho que se aplicaba o regía en una ciudad o municipio (no en todo el reino, no en todo el Estado) solo en la ciudad o municipio. Ej.: en Castilla existía un solo derecho territorial pero muchos derechos locales municipales diferentes. Este derecho local inicialmente, cuando comienza la Alta Edad Media, es un derecho esencialmente no escrito, consuetudinario (fuente del derecho más antigua). Son reglas que rigen en la ciudad y que gradualmente se van escriturando, a partir del siglo IX, año 800 d.C., con la finalidad de otorgar más seguridad o certeza jurídica.
Documentos del Derecho Local Escrito
Se distinguen dos tipos de documentos en los que va a constar el derecho... Continuar leyendo "Derecho Local en la Alta Edad Media: Cartas Puebla y Fueros Municipales" »
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