Investigación

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MANUAL DE USO PRÁCTICO

En la inspección ocular se recogerán una serie de indicios y elementos probatorios que van a contribuir a formar de manera clara e incontestable la conciencia juzgadora de Jueces y Tribunales. Si esos medios de prueba técnico-científicos son recogidos con las debidas garantías, si funciona la

cadena de custodia y existe el debido control de calidad en las técnicas empleadas, estos medios de prueba obtenidos son irrefutables, y además, constituyen la herramienta imprescindible que la maquinaria de la Justicia necesita para realizar su labor jurisdiccional.

CONCEPTO

La inspección ocular es una parte de todo un proceso de investigación científica y técnica, que tiene por objeto descubrir la verdad que se ignora respecto a personas, cosas o circunstancias que han ocurrido en un lugar determinado.

Inspeccionar significa: “examinar algo con atención empleando todos los sentidos y los instrumentos apropiados”. 

La inspección ocular técnico policial puede definirse como: el conjunto de observaciones, comprobaciones y operaciones técnico policiales que se llevan a cabo en el lugar del delito, a efectos de su investigación.

La inspección ocular se basa en el “principio de intercambio” según el cual toda persona que va a un lugar se lleva algo y deja algo (todo contacto deja huella). Por tanto la inspección ocular se asienta en descubrir, conservar, transportar y estudiar las huellas, señales, indicios, rastros y vestigios que aparecen en el lugar del suceso.

FINES DE LA INSPECCION OCULAR

Cuatro son los fines de la inspección ocular:

1. Comprobar la realidad del delito

2. Identificar al autor/es del hecho

3. Aportar pruebas o indicios a la Autoridad Judicial, dentro del marco del proceso penal, que sirvan para establecer la inculpación o exculpación del sospechoso

4. Servir de base a la investigación

PRACTICA DE LA INSPECCION OCULAR

La inspección ocular desde un punto de vista estrictamente policial, se organiza en base a la puesta en escena de tres grupos de trabajo, que deberán actuar conjuntamente y con la coordinación necesaria para extraer y compartir, con la debida diligencia, todo el caudal informativo que cada uno va a obtener, y cuyo ensamblaje constituye la esencia misma de la investigación policial.

Estos tres grupos de trabajo estarían representados por:

A) El Policía de Seguridad Ciudadana : generalmente será el primer policía que llegue al lugar del hecho. Su misión se centrará en la ejecución de las siguientes actuaciones:

Adopción de medidas humanitarias (si fuesen necesarias).

Información previa sobre el alcance de lo que ha sucedido (perjudicados y testigos)

Eliminación de riesgos (problemas de gas, fuego, inundación, etc.)

Aseguramiento de testigos (identificando a todas aquellas personas que puedan aportar algo a la investigación).

Procederá a proteger el escenario del hecho, tratando de que permanezca en el mismo estado en que lo dejó el delincuente, y aquellos indicios materiales que se hallen en peligro de desaparición. No deberá tocar nada ni permitir que lo haga otra persona. No dejará en el lugar del hecho elementos extraños al mismo (por ejemplo colillas, pisadas, fibras...).

Deberá informar adecuadamente al perjudicado sobre las actuaciones que se van a emprender en relación con el hecho que le afecta (la inminente presencia en el lugar del hecho de un

funcionario experto en Policía Científica), así como de que no debe manipular ni modificar el escenario del delito, pero se guardará de dar opiniones sobre materias que le son desconocidas o de las que, en el mejor de los casos, no es un experto. Una información errónea sobre la existencia de posibles huellas, indicios, instrumentos, etc., origina en el ciudadano unas expectativas de éxito policial que de no confirmarse se traducen en frustración, originando al propio tiempo en el mismo una sensación de ineficacia y falta de profesionalidad que dañará de forma, muchas veces irreparable, la imagen que ese ciudadano tenga de la Institución Policial.

Deberá guardar secreto de todo lo visto, oído o deducido.

B) Policía Científica: su actuación se centrará en los siguientes extremos:

Una vez conocida la existencia del hecho, se personará inmediatamente en el lugar donde el mismo ha tenido lugar, con un doble propósito, de una parte para atender adecuadamente la demanda del ciudadano perjudicado, y de otra, para acceder al lugar del delito con las máximas garantías de que el mismo no ha sido indebidamente manipulado.

A tenor de la naturaleza del hecho valorará si puede asumir en solitario la práctica de la inspección ocular o bien si será necesaria la presencia de más funcionarios especializados adscritos a Policía Científica.

Información previa:

- lectura de la denuncia de las diligencias

- información recibida del denunciante, testigos o funcionarios policiales actuantes.

Reconocimiento exhaustivo del lugar y de su entorno. Itinerario seguido por el autor.

Reportaje fotográfico previo de todo aquello que sea susceptible de modificación en el transcurso de la inspección.

Averiguación de las vías de entrada y salida del presunto autor/es del hecho (con fuerza, sin fuerza, escalo).

Búsqueda. Revelado y protección de huellas.

Reportaje fotográfico de conjunto total, conjunto parcial y detalle del lugar del delito y del lugar en que asientan las huellas reveladas.

Solo se trasplantarán huellas en el caso de que sea absolutamente necesario y realizándolo en presencia del denunciante o testigos, los que firmarán su conformidad en el soporte utilizado para el

trasplante.

Recogida, conservación y transporte de las huellas e indicios encontrados.

Toma de las hojas de cotejo de todas las personas que hayan manipulado el lugar del hecho, antes o después de la comisión del delito.

Redacción del acta y firma del denunciante o testigo presencial y del/os funcionario/s actuante/s, y sello.

Siempre que a la práctica de la inspección ocular asista la Autoridad Judicial, se estará a lo que el mismo ordene o estime oportuno para el bien de la investigación en curso, que él dirigirá.

C) El Policía de Investigación(Policía Judicial): participará activamente en la práctica de la inspección ocular, a través de una serie de tareas que podemos resumir en las siguientes:

Cooperará con el PTP en la práctica de la inspección ocular, incidiendo en aquellos aspectos que considere importantes para la investigación posterior

Centralizará y valorará de la información recogida.

Tratará de establecer el móvil

Documentará toda su actuación

MODO DE EFECTUAR LA INSPECCIÓN OCULAR

Básicamente, en la práctica de cualquier inspección ocular técnico-policial, hay que tener presentes cuatro principios fundamentales, a saber:

Una información previa sobre lo sucedido

Una observación ordenada y meticulosa del lugar del hecho

Una lógica policial respecto a la forma de actuar del delincuente

y, sobre todo

Un método de trabajo que abarque el examen del lugar, de los objetos y la recogida de pruebas.

Metodología

Toda inspección técnico-policial ha de efectuarse con absoluta calma, sin prisas, y preferentemente durante las horas de día.

Nunca se deben hacer delante de personas extrañas valoraciones sobre los indicios o huellas que aparezcan, ni se deben emitir juicios de valor por los funcionarios policiales que presencien o

intervengan en la investigación, ya que toda investigación criminal debe ser reservada.

Se debe tener siempre presente que no es suficiente con adquirir el convencimiento de que un delito se ha cometido de tal o cual manera, ni tampoco que se tenga la sospecha de quien sea su

autor, sino que es completamente imprescindible la aportación de pruebas que lo demuestren.

Anotar cuidadosamente todas las cosas que se observen en el transcurso de la inspección ocular, para posteriormente redactar el acta con la debida precisión

El acta debe redactarse utilizando expresiones claras y concisas.

Nunca debe hacerse abstracción, por nimio que en un principio nos parezca, de ningún detalle, pues lo que en un primer momento parece insignificante, puede tomar gran trascendencia

como prueba fehaciente o indicio valioso.

Búsqueda de huellas e indicios

No es posible fijar, con carácter general, unas pautas sobre el lugar donde buscar huellas, indicios y otros elementos probatorios y sobre que superficies son aptas para encontrar y revelar huellas lofoscópicas. La formación, la experiencia acumulada de casos anteriores, la capacidad de observación y deducción, el método de trabajo serán las armas fundamentales con las que el investigador se enfrente a cada caso.

Huellas lofoscópicas

Las huellas lofoscópicas pueden ser de dos tipos:

visibles y,

latentes o invisibles

Las huellas lofoscópicas visibles (estampadas en sangre, grasa, en polvo por sustracción, etc.) no presentan problemas respecto a su localización por parte del técnico, no siendo necesario el uso de reactivos para su visualización. La fotografía y una correcta iluminación serán suficientes.

Por el contrario, las huellas lofoscópicas latentes o invisibles requieren para su localización de una adecuada preparación técnica y disponer de los medios necesarios para hacerlas visibles (reactivos).

Superficies aptas para retener huellas latentes

La aparición de nuevos reveladores físicos y químicos ha hecho posible visualizar huellas latentes sobre superficies que hasta hace pocas fechas se venían descartando por inadecuadas para el revelado de huellas.

Las superficies aptas para revelar huellas se pueden clasificar en no porosas y porosas.

En el primer grupo se pueden encontrar huellas latentes en superficies de:

vidrio

cerámica

marfil

metales pulidos, cromados, niquelados o esmaltados

madera barnizada, pintadas o lacada

materiales plásticos pintados o lacados

La forma de tratamiento será con reactivos físicos, dependiendo del color de la superficie. Pero, si el objeto es rugoso y susceptible de traslado, se recogerá para ser tratado en el laboratorio para su revelado con reactivos químicos.

En el segundo grupo se pueden encuadrar las superficies siguientes:

papel

cartulina

cartón

espuma de poliestireno

cualesquiera otros de similares características

El tratamiento de estas superficies deberá hacerse con reactivos químicos (Ninhidrina o DFO), por lo que siempre deberán ser tratados en el laboratorio

Cuadro de reveladores y superficies

REVELADORES FISICOS

COLOR SUPERFICIE

REVELADOR

APLICACION

Objetos Secos  de colores Blancos o claros

JC-3 – Magnéticos negros

Brocha magnético

Objetos Secos de colores oscuros

Carbonato de Plomo o Dióxido de Titanio

Pincel de pelo de marta

Multicolores

Sangre de Drago, polvos fluorescentes

Pinceles de pelo de marta y por resbalamiento

Para la aplicación de los reveladores anteriores, se dispone de dos tipos de pinceles principalmente:

1.-           Pincel de fibra sintética o pelo de marta: de pelos muy finos para evitar “rayar” y deteriorar la huella sobre la que se aplica el reactivo. Se utiliza en la aplicación de la “cerusa”. La técnica de trabajo consiste en impregnar el pincel con una pequeña cantidad de reactivo y deslizarlo posteriormente sobre la superficie en la que se sospecha puede haber huellas latentes.

Una vez que se ha conseguido hacer visible la huella latente, ésta se debe limpiar de todo exceso de reactivo (“peinar”), para lo que se pasará el pincel repetidamente sobre la huella, en el sentido de las crestas, hasta conseguir que los surcos aparezcan lo más limpios posible. Nunca se deben utilizar los reactivos y el pincel en el caso de que se encuentren húmedos.

2.-           Pincel magnético: se utiliza para la aplicación de los polvos magnéticos y del Dióxido de Titanio (blanco y negro). Su técnica de aplicación es parecida a la anterior. Si es necesario el “peinado” de la huella se utiliza el pincel sintético o de pelo de marta.

Acotado de huellas e identificación del objeto

Las huellas reveladas durante la practica de la inspección ocular, serán debidamente acotadas, teniendo en cuenta las siguientes normas:

Para cada huella o grupo de huellas acotadas, se debe utilizar el lápiz cuyo color coincida con el del reactivo empleado (reactivo blanco-lápiz blanco; reactivo negro- lápiz negro).

Se deben acotar simultáneas completas y no solo el dedo o dedos que tengan valor identificativo

Se colocarán testigos métricos, al menos uno, en cada huella que pudiera tener valor identificativo, dentro del grupo de simultáneas.

Cada objeto sobre el que asientan huellas se debe identificar con una pegatina con el número de asunto, perjudicado y dirección.

El trasplante de huellas

Solamente se deben trasplantar huellas en aquellos casos en que sea absolutamente necesario (por ejemplo cuando es imposible fotografiar las huellas que asientan sobre un objeto que no se puede transportar).

Cuando se realicen un trasplante, el mismo deberá ser firmado con rotulador de tinta indeleble por el perjudicado, o por quien actúe como testigo durante la práctica de la inspección ocular, debiéndose hacer constar esta circunstancia en la respectiva acta que se levante, con expresión del número de huellas trasplantadas y el lugar en que éstas asentaban.

El trasplante se realizará con cinta adhesiva transparente (tipo “celo”). Se sitúa un trozo de la referida cinta sobre la zona inferior de la huella que se quiere trasplantar, pasando repetidamente el dedo sobre la misma, al objeto de que el reactivo se adhiera a la misma. Seguidamente se tira del extremo contrario (superior) de la cinta y se va despegando lentamente. Por último se coloca el trozo de cinta sobre un soporte cuyo fondo de color contraste claramente con el del reactivo (se puede utilizar también plástico transparente o cristal).

Hojas de cotejo

Siempre que en el transcurso de una inspección ocular se revelen huellas lofoscópicas, se procederá a obtener las hojas de cotejo de todas aquellas personas que con anterioridad (o posterioridad) a la comisión del delito, hayan manipulado los objetos sobre los que las mismas asientan, con el fin de descartar aquellas que resulten ser de personas inocentes y por lo tanto no implicadas en la comisión del delito (propietarios de viviendas, establecimientos, vehículos, etc.).

Reportaje fotográfico

El reportaje fotográfico de la escena del delito debe realizarse siguiendo un proceso ordenado, con una progresión de lo general a lo específico, llevando a cabo una completa descripción gráfica de su situación o estado, poniendo de manifiesto o evidenciando sus características y estableciendo una lógica “historia” contada de forma visual.

El reportaje fotográfico se realizará con el equipo fotográfico analógico o con camaras digitales:

Los objetivos que se utilizarán serán:

Gran angular: para tomas generales que incluyan amplios conjuntos de escena en interiores o exteriores.

Objetivos normales: para conjuntos parciales y detalles de cierto tamaño.

Objetivo macro: para pequeños detalles.

Teleobjetivo: para escenas lejanas a las que el fotógrafo no tiene acceso por imposibilidad material.

En el reportaje fotográfico de una inspección ocular técnico policial se pueden fijar tres rangos de tomas de imágenes:

1. Conjunto general:en él se debe mostrar el mayor ángulo de visión posible del lugar del delito. En el conjunto total se debe evitar la inclusión de personas, vehículos u otros elementos extraños y que puedan resultar confusos en la interpretación de los hechos. Se debe cuidar especialmente la ubicación de la cámara al objeto de establecer un punto de vista que permita al observador una visión lógica de la escena del delito. El reportaje fotográfico de conjunto debe realizarse antes de que la escena del delito sea manipulada para la práctica de la inspección ocular técnico-policial.

2. Conjunto parcial: el conjunto parcial es necesario como eslabón entre el conjunto general y los de detalle. Su finalidad es la de fijar los objetos en relación con el escenario del delito.

3. Fotografía de detalle: se realizarán tomas de aquellas pruebas físicas del delito como: armas, huellas, palanquetas, daños, etc.,al objeto de establecer su posición original antes de que sean movidos o retirados, o deban ser transportados a la Brigada Provincial donde deban ser examinados y fotografiados más detenidamente. En la fotografía de detalle se debe colocar un testigo métrico y una pegatina identificativa junto a cada huella, grupo de huellas, objeto, arma, etc., que se va a fotografiar.

 Otros indicios no lofoscópicos

Al practicar la inspección ocular no podemos olvidar que, además de las pruebas lofoscópicas, existen otros medios de prueba que es necesario recoger cuando aparecen en el lugar de los hechos. Entre ellos citaremos:

Los instrumentos y herramientas hallados en el transcurso de la inspección ocular y presumiblemente empleados para la comisión del delito.

Los objetos que aparecen en el lugar del hecho, tengan o no relación con el mismo y cuya presencia en el escenario del delito no esta justificada (jeringuillas para drogarse, colillas, etc.).

Los documentos de cualquier tipo (de identidad, cartas, periódicos, revistas, etc..) que, además de la información que puedan facilitar sobre el presunto/s autor/es del hecho, permiten el revelado de las huellas latentes que asienten sobre los mismos.

Manchas orgánicas (humanas, animales o vegetales) entre las que citaremos las de sangre, semen, saliva, orina, heces, etc, muy importantes para la determinación del “ADN”

Manchas inorgánicas de pintura, yeso, cal, barro, etc.

Recogida y envío de muestras biológicas

En todos los casos, la recogida de muestras biológicas, deberá hacerse considerando los principios generales de toda inspección ocular y una vez valoremos las respuestas a las siguientes preguntas:

¿Para qué y por qué? Recojo una muestra biológica.

¿Qué podemos esperara de su análisis?

¿Tiene relación la muestra con el caso investigado?

¿Puede aportar algún dato esclarecedor del hecho o de la identidad del autor

Si las respuestas a las preguntas anteriores no están claras:

Igual no es conveniente recoger la muestra.

Siempre que en el transcurso de una inspección ocular técnico policial, se proceda a la recogida de muestras biológicas, con independencia de su naturaleza, deberá levantarse el correspondiente acta en el que consten perfectamente descritos los elementos recogidos, el lugar en el que se encontraban, condiciones y laboratorio al que se remiten. Asimismo se realizará un detallado reportaje fotográfico del escenario del delito y del lugar en el que se encontraban las referidas muestras.

Las muestras deberán ser recogidas en presencia del denunciante o testigo, firmando junto con el funcionario actuante el acta que se levante al efecto.

Nos referiremos de forma especial a la recogida de muestras de sangre por ser las que con mayor frecuencia aparecen en el escenario del delito, dejando para el personal experto de las Brigadas Provinciales de Policía Científica, la recogida y remisión de otro tipo de restos (semen, pelos, heces, tejidos, uñas, etc.).

La sangre se puede presentar en dos estados principalmente:

Líquida o en forma de mancha.

El aspecto de las manchas de sangre varía con la antigüedad y el soporte sobre el que se encuentran.   

Como norma general, cuanto más antigua es una mancha de sangre más oscuro es su color.

La técnica de recogida de muestras de sangre varía según se trate de:

1. Sangre líquida: se recogen unos 5 c/c de la muestra y se guarda en un tubo perfectamente etiquetado y, a ser posible, refrigerado, trasladándolo inmediatamente al laboratorio correspondiente.

2. Mancha de sangre sobre superficies absorbentes: cuando se trate de una prenda de vestir manchada, aunque solo fuera una pequeña parte (el cuello o el puño de una camisa), se enviará la

prenda completa al laboratorio. Si la prenda u objeto fuera de gran tamaño (un sofá, un colchón), se recortará la zona manchada, dejando un margen de uno o dos centímetros sin mancha que servirá como control negativo en el laboratorio.

3. Manchas de sangre sobre superficies no absorbentes: cuando la mancha se encuentra sobre una superficie no absorbente forma costras con aspecto de escamas brillantes. Si el objeto manchado

fuera pequeño se enviará directamente, pero si no fuera posible (pared, suelo, mesa, etc.) se raspará la mancha, recogiendo las costras en un sobre de papel.

4. Casos excepcionales: cuando la mancha de sangre asiente sobre objetos de valor (cuadros, óleos, tapices, prendas, etc) en los que no es posible hacer cortes o desgarros, se procederá de la siguiente forma: usando una torunda (bastoncillo de limpieza de oidos) de algodón ligeramente humedecida en suero salino isotónico, o agua destilada, se frotará en sentido circular sobre la mancha tratando de que la mayor cantidad posible de la misma pase a la torunda en una acción de “limpieza de la mancha de su soporte original”; se tomarán las precauciones ordinarias para evitar la contaminación

de la muestra (uso de guantes, no toser, no estornudar, etc) Debe usarse una torunda por mancha y si la mancha es muy grande puede usarse más de una. Las torundas deben dejarse secar a temperatura ambiente y se remiten en sobres de manera individual indicando perfectamente dónde

fueron recogidas.

. TIPOS DE INSPECCIONES OCULARES

Las Inspecciones que se realizan de forma más frecuente, son por otro lado, las que menor complejidad y utilización de medios humanos y materiales conlleva:

Robos en domicilio

Robos en establecimiento

Sustracción de o en vehículos

Robos en domicilio

En este tipo de robos hay que prestar especial atención a:

lugar de entrada (forzamiento de puerta, ventana, etc.), con especial incidencia en la posible actitud previa de vigilancia que realizan los ladrones, como escuchar en las puertas, apoyando las orejas.

observación del aspecto general

recorrido seguido en su interior

dormitorio principal

forzamiento de cajas metálicas, joyeros, etc.

Robos en establecimientos

Atención especial a:

rotura de cristales y escaparates

caja registradora

esparcimiento de papeles

forzamiento de mesas, armarios y cajones

Sustracciones de o en vehículos

En este caso se atenderá de forma especial a:

forzamiento de puestas y ventanas

espejos retrovisores

objetos encontrados dentro del habitáculo del vehículo cristales de las ventanillas, etc.

ACTA DE INSPECCION OCULAR

El acta de inspección ocular se cumplimentará en todos los casos en que se practique esta diligencia, con independencia de su resultado.

La cumplimentación del acta se ha de realizar rellenando detenidamente todos y cada uno de los apartados de que consta.

La localidad en la que se levanta

La hora y fecha

La identificación de los funcionarios actuantes y plantilla policial a la que pertenecen

Localización del lugar del delito (dirección completa)

Especificación del tipo de hecho delictivo

Denunciante (nombre y apellidos)

Testigos presénciales (nombre, apellidos, DNI y parentesco que guarda con el denunciante, de la persona que presencie la realización de la inspección ocular)

Descripción minuciosa del lugar del delito y estado en que se encuentre. Se detallarán aquí los lugares de entrada y salida, el modo o mecanismo de acceso, así como un resumen escueto del estado de las habitaciones, dependencias o interior del vehículo.

Referido a vehículos se especifica estado del mecanismo de arranque, bloqueo de dirección etc. Es recomendable señalar el número de kilómetros, por si fuera de interés en la investigación

Si se han revelado huellas lofoscópicas, objetos sobre los que asientan y el lugar en que los mismos fueron encontrados

Relación de objetos que se recogen y trasladan al laboratorio para su estudio

Si los objetos son fotografiados en el lugar del hecho o si por el contrario son trasladados a la Brigada para realizar el reportaje fotográfico

Si se trasplantan huellas, número de las trasplantadas y lugar en el que asentaban

Si se recogen otros efectos para su tratamiento en laboratorio con reactivos físico/químicos

Hora de finalización; firma de los funcionarios actuantes y testigos y sello.

Rellenar el reverso del Acta, sin olvidar las hojas de cotejo, el modus operandi, y demás observaciones de interés.

RECUERDE

La inspección ocular técnico-policial es una importantísima diligencia de investigación de un hecho delictivo, practicada por un funcionario experto en el área de  Policía Científica.

Sus fines son:

- Comprobar la realidad del delito

- Identificar al autor/es del hecho

- Aportar pruebas o indicios al proceso penal

- Servir de base a la investigación

La inspección ocular técnico-policial requiere un esfuerzo coordinado entre:

- El Policía Técnico de Policía Científica, el cual dirigirá técnicamente su realización práctica.

- El Policía de Seguridad Ciudadana

- El Policía de Investigación( Policía Judicial)

Los principios de la inspección ocular son:

- Información previa de lo sucedido

- Observación del lugar del hecho

- Lógica en el proceso de trabajo y búsqueda de indicios

- Método, orden en la realización práctica de la inspección ocular

Las huellas pueden ser:

- Visibles (por adicción, por sustracción o por moldeamiento)

- Invisibles o latentes

Los reveladores físicos más utilizados son:

- El Carbonato de Plomo

- Pulverulentos, blanco

- El Magna Brush, “magnéticos” (negro)

El acotado de las huellas reveladas se debe hacer con lápiz del mismo color que el revelador, agrupando las mismas por poses simultaneas, salvo que se trate de huellas aisladas.

Junto con cada huella o grupo de huellas deberá ser visible un testigo métrico y una pegatina identificativa.

Solo se trasplantarán huellas en casos absolutamente necesarios. En caso de trasplante de huellas éste deberá ser firmado por el denunciante o testigos que asisten a la práctica de la diligencia.

El trasplante se hará constar asimismo en el acta de inspección ocular que también será firmada por el denunciante o testigos

Siempre que se revelen huellas se procederá a obtener las hojas de cotejo de todas aquellas personas que con anterioridad (o posterioridad) a la comisión del delito, hayan

manipulado los objetos sobre los que las mismas asientan. En caso de revelado de huellas se procederá a obtener los siguientes reportajes fotográficos:

- Conjunto general

- Conjunto parcial

- Detalle

Recogida de muestras biológicas: sangre líquida

  • Se recogen unos 5 cc de muestra, se etiqueta el envase y se remite al laboratorio en nevera, si es posible

Recogida de muestras biológicas: sangre seca

- Se coloca sobre la mancha a tratar un papel de filtro aplicando sobre el mismo unas gotas de suero salino isotónico. Se repite la operación hasta que la mancha pase al papel

- Se pueden utilizar también bastoncillos de limpieza de oídos

- Si la macha asienta sobre un objeto fácilmente transportable, se remite todo el objeto al laboratorio (p.e. una camisa)

- Si el objeto no es transportable y se puede recortar la mancha se corta el trozo del soporte que contiene la mancha y se remite al laboratorio

Entre los tipos de inspecciones oculares que con mayor frecuencia se presentan:

a. Robos en domicilio, atención especial a:

-Lugar de entrada

-Aspecto general

-Recorrido seguido en el interior

-Dormitorio principal

-Joyeros, cajas forzadas, etc.

b. Robos en establecimientos

-Rotura de cristales y escaparates

-Caja registradora

-Esparcimiento de papeles

-Forzamiento de mesas, armarios y cajones

c. Sustracción de o en vehículos, atención especial a:

-Forzamiento de puertas y ventanas

-Espejos retrovisores

-Objetos encontrados en el interior del habitáculo

El acta de inspección ocular está formada por un impreso autocopiativo compuesto por tres hojas, de las cuales:

- Se remitira a la Autoridad Judicial.

Se realizará aportando en la misma todo aquello que se haya observado y que sea importante para la investigación,debiendo ser firmada por el funcionario actuante y el denunciante o testigos que asisten a la práctica de la diligencia.

LA CADENA DE CUSTODIA

La cadena de custodia consiste en asegurar que la recogida de indicios y elementos probatorios durante la práctica de la inspección ocular, se ha hecho conforme a la legalidad y que los mismos no han sido posteriormente manipulados por personas extrañas. El fin, pues, será el de conservar el pleno valor probatorio de los elementos recogidos en la inspección ocular técnico policial, de modo que puedan ser apreciados como pruebas materiales por el juzgador, sin que pueda ser atacada su correcta conservación mientras permanezcan en la fase de control policial.

Para lograr este objetivo es preciso documentar claramente todos y cada uno de los pasos que los referidos indicios y elementos probatorios han de seguir por los diferentes Laboratorios Policiales desde su recogida por el funcionario de Policía Científica hasta su posterior puesta a disposición de la Autoridad Judicial.

El acta de inspección ocular, debidamente cumplimentada y firmada por los funcionarios actuantes y testigos y sellada, constituye la parte inicial de la cadena de custodia, es decir, viene a garantizar que la recogida de efectos durante la práctica de la inspección ocular se ha hecho con las garantías debidas.

RECUERDE

La cadena de custodia consiste en asegurar que la recogida de indicios y elementos probatorios durante la práctica de la inspección ocular, se ha hecho conforme a la legalidad, y que los mismos no han sido posteriormente manipulados por personas extrañas.

El acta de inspección ocular, debidamente cumplimentada y firmada por el funcionario actuante y denunciante (o testigos) y sellada, constituye la parte inicial de la cadena de custodia.

El libro Registro de Cadena de Custodia viene a certificar que funcionario hace la entrega de los efectos y que procesos que se siguen posteriormente con los mismos.

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