Actos con fuerza de ley en España

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Hay dos actos con fuerza de ley que puede implantar el gobierno: Decreto ley. Se dan en casos de extrema necesidad, siendo el control parlamentario a posteriori. Se regula en el artículo 86 y siguientes de la Constitución española. En el primer apartado del artículo 86 se dice cuál es “el presupuesto de hecho habilitante”, es decir, cuál es la causa por la que puede darse un decreto ley, siendo en caso de extraordinaria y urgente necesidad. Para algunos juristas, esa extraordinaria necesidad sería un concepto jurídico indeterminado (a priori no está determinado, pero a posteriori se puede controlar jurídicamente); otra perspectiva a firma que el decreto ley es un acto discrecional del gobierno (el gobierno tiene margen para decidir cuándo sucede esta extraordinaria necesidad, existiendo sólo el control político). Sin embargo, el Tribunal Constitucional afirma que el decreto ley es un acto discrecional del gobierno, que no puede ser una forma normal de tomar decisiones; por otro lado, el decreto ley podrá dictar posiciones legislativas provisionales (para una situación concreta). Hay ciertas materias que no pueden ser reguladas por un decreto ley:

  • El ordenamiento de las instituciones básicas del Estado: el Ministerio Fiscal, la Casa del Rey, las CCAA, los ayuntamientos…
  • Los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos del título primero.
  • El régimen de las comunidades autónomas.
  • El derecho electoral general.

El decreto ley puede plantear problemas de inconstitucionalidad sobrevenida, la presencia de normas anticonstitucionales en un decreto ley (que se convierten en constitucionales al ser aprobadas por una ley. Decreto legislativo. Acto complejo que consta de dos partes. Propiamente hablando el decreto legislativo es el resultado de esta legislación. La constitución habla del decreto legislativo en el artículo 82 y siguientes, diciendo que se compone del propio decreto legislativo y por la ley de delegación, en la que el parlamento deja que el gobierno regule determinada materia porque le cede la competencia, y el propio decreto legislativo. Debido al caso en el que el parlamento alemán otorgó al canciller Hitler plenos poderes, las constituciones tienen mucho cuidado con las leyes de delegación: sólo se podrá delegar al gobierno la potestad de dictar normas con carácter de ley sobre materias que no sean propias de ley orgánica. La delegación sólo se podrá establecer para redactar los llamados textos articulados (como el código civil) y textos difundidos; los textos articulados se hacen por medio de una ley de bases (una serie de bases para elaborar el cuerpo legislativo), y los textos refundidos (materia sobre la que hay muchas leyes que solapan unas a otras, por lo que se juntan muchos textos o se armonizan entre sí) tienen la publicación autorizada del gobierno por medio de ley ordinaria.

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