Administración Consultiva y Órganos de Control: Estructura y Funciones

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5. La Administración Consultiva

La administración consultiva realiza labores de asesoramiento para diferentes administraciones mediante la elaboración de informes y opiniones.

Consejo de Estado

Es el supremo órgano consultivo del Gobierno. Ejerce su función con autonomía funcional, garantizando así su independencia y objetividad de acuerdo con las leyes y la Constitución.

  • Audiencia: Los particulares tienen la posibilidad de pedir audiencia si están interesados en el tema que se somete al dictamen del Consejo de Estado.
  • Naturaleza del dictamen: No es vinculante, a no ser que una ley disponga lo contrario.
  • Funciones: El Consejo de Estado realiza por sí mismo los estudios o informes que el Gobierno le solicite y prepara las propuestas legislativas o de reforma constitucional que le encargue el Gobierno.

Consejo Económico y Social (CES)

Promueve y facilita la participación de los ciudadanos y las asociaciones en el ámbito económico. Es un órgano consultivo del Gobierno en materia laboral y socioeconómica. Está compuesto por 61 miembros, incluido el presidente:

  • 20 consejeros: Representando a las organizaciones empresariales.
  • 20 consejeros: Representando a las organizaciones sindicales.
  • 21 consejeros restantes:
    • 3 al sector marítimo-pesquero.
    • 3 al sector agrícola.
    • 4 al sector económico social.
    • 4 a consumidores y usuarios.
    • 6 expertos en materias competencia del Consejo.

Órganos de control sobre la Administración

Su objetivo es determinar que la actividad financiera se ajuste a los principios de legalidad, eficiencia y eficacia.

1. La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE)

Es un órgano de control interno de la gestión económico-financiera de la Administración Pública. Su función principal es examinar que la actividad del sector público se adecua a los principios constitucionales de legalidad, eficacia y eficiencia, además de preparar la contabilidad pública.

2. Tribunal de Cuentas

Se trata de un órgano de control externo y es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas. Depende directamente de las Cortes Generales y ejerce sus funciones por delegación de estas en la comprobación de la Cuenta General del Estado.

  • Composición: Está formado por 12 consejeros nombrados por las Cortes para un periodo de 9 años.
  • Presidencia: Su presidente es nombrado por el Rey a propuesta de los miembros del Tribunal, con un mandato de 3 años.

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