Análisis de la Ley de 25 de Octubre de 1839 sobre los Fueros
Clasificado en Historia
Escrito el en
español con un tamaño de 3,8 KB
El texto que nos ocupa es una ley aprobada en Madrid el 25 de octubre de 1839. Se halla rubricada por la reina regente María Cristina, si bien cabe suponer que el autor es colectivo y son las Cortes. El destinatario es público. Atendiendo a su origen es un texto histórico primario y según su forma es un texto jurídico-legislativo.
Idea Principal
La idea principal de esta Ley es tratar la cuestión foral después de la primera guerra carlista. Además, también se menciona el mantenimiento de los Fueros y la posible adecuación al régimen político vigente. Este último nunca se hizo realidad.
Estructura y Contenido
La ley consta de tres diferentes párrafos y de dos artículos. En los dos primeros párrafos, además de exponer que existía una soberanía compartida y que María Cristina era la regente; como los fueros entran en conflicto con la Constitución de 1837, aunque se mantengan, deberán de estar de acuerdo con dicha Constitución.
Es en el segundo párrafo dónde se indica que el gobierno, en un futuro, probará una ley que modifica o actualice los Fueros para que no contradigan a la vigente Constitución.
Contexto Histórico: Los Fueros
No podemos entender la importancia de esta Ley si no sabemos la contextualización histórica, tenemos que saber sobre los fueros y su historia.
Los fueros son estatutos jurídicos vigentes en un área determinada. Nacidos en la Edad Media, los fueros en Castilla y León fueron abolidos por los monarcas de estos tiempos de las Asturias. No así, los de la antigua Corona de Aragón que perdurarían hasta la entronización de Felipe V Borbón, cuando fueron derrotados mediante el Decreto de Nueva Planta. Así, para el siglo XIX, tan solo persistían los fueros vasco-navarros.
Pero el futuro de este régimen no era cierto, ya que la Constitución de 1836, manifestando la igualdad de todos los españoles, parecía apoyar la eliminación de los Fueros. Por eso, al estallar un conflicto sucesorio a la muerte de Fernando VII entre su hermano Carlos María Isidro y su hija Isabel, el pretendiente Carlos, absolutista, se comprometió con la causa Foral.
La Primera Guerra Carlista y los Fueros
En consecuencia, toda Navarra y el País Vasco, excepto sus tres capitales, se sublevaron apoyando la causa carlista. Comenzaba la Primera Guerra Carlista, dividida en tres fases.
- En la primera, el bando carlista se hizo con el territorio vasco navarro y el Maestrazgo y las montañas catalanas mediante operaciones sorpresa dirigidas por los generales Cabrero y su Zumalacárregui.
- La segunda fase estuvo marcada por los fracasos sitios de las capitales vascas, muriendo Zumalacárregui en Bilbao. Así mismo, se enviaron partidas a sublevar zonas supuestamente carlistas y se valoró la posibilidad de marchar sobre Madrid.
- La tercera fase se basó en la guerrilla y las emboscadas de los carlistas, que no batallaban en el campo abierto.
Finalmente, el cansancio bélico se hizo sentir en ambos bandos. En 1839, los generales Maroto y Espartero, carlista y cristiano respectivamente, se dieron el abrazo de Vergara, poniendo fin a la guerra. Se acordó que los militares carlistas mantendrían sus rangos en el ejército, y que Espartero aconsejaría a la reina mantener los fueros.
Conclusión: Impacto de la Ley
En conclusión, esta ley no tuvo un gran impacto, ya que los fueros no se reformaron, y no se resolvió el problema carlista. Los fueros navarros sí serían recortados por Espartero en 1841 mediante la ley Paccionada Navarra en 1841 debido a un levantamiento en esta provincia, y los fueros vascos fueron vaciados de contenido en 1876 durante la tercera guerra carlista. Por eso, el único logro de la ley fue lograr que los fueros sobrevivieran unas décadas más.