Anexos de la OACI: Normas y Métodos Recomendados para la Aviación Civil Internacional

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Anexos de la OACI

Normas y Métodos Recomendados para la Aviación Civil Internacional

A continuación, se describe brevemente el contenido de cada uno de los anexos de la OACI:

Anexo 1: Licencias al Personal

Describe las normas y métodos relativos al otorgamiento de licencias a la tripulación de vuelo.

Anexo 2: Reglamento del Aire

Establece que los viajes por vía aérea deben ser seguros y eficientes, y deben seguir las reglas, como por ejemplo, las reglas de vuelo visual.

Anexo 3: Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea Internacional

Aborda la seguridad aérea en función de la meteorología, incluyendo informes y pronósticos de aeródromos.

Anexo 4: Cartas Aeronáuticas

Describe los mapas aéreos que atienden al movimiento seguro y eficiente del tránsito aéreo.

Anexo 5: Unidades de Medida

Normaliza las unidades de medida de la aviación civil internacional (SI).

Anexo 6: Operación de Aeronaves (Partes I, II y III)

Busca lograr la mayor normalización posible en las operaciones de transporte aéreo internacional para alcanzar el más alto grado de seguridad y eficacia.

Anexo 7: Marcas de Nacionalidad y de Matrícula de las Aeronaves

Define cómo se clasifican o identifican las aeronaves y cómo es posible determinar su nacionalidad.

Anexo 8: Aeronavegabilidad

Contiene normas generales destinadas a las autoridades nacionales y establece los requisitos mínimos para que un Estado reconozca los certificados de aeronavegabilidad que se expiden respecto a las aeronaves de otros Estados.

Anexo 9: Facilitación

Contiene las normas y métodos recomendados (SARPS) sobre Facilitación (FAL) que provienen de diversas disposiciones del Convenio de Chicago. Según el Artículo 37, la OACI debe adoptar y enmendar las normas, métodos recomendados y procedimientos internacionales que tratan, entre otras cosas, las formalidades de aduana e inmigración.

Anexo 10: Telecomunicaciones Aeronáuticas (Volúmenes I, II, III, IV y V)

El Anexo 10 se divide en cinco volúmenes:

  • Volumen I — Radioayudas para la navegación
  • Volumen II — Procedimientos de comunicaciones, incluso los que tienen categoría de PANS
  • Volumen III — Sistemas de comunicaciones
    • Parte I — Sistemas de comunicaciones de datos digitales
    • Parte II — Sistemas de comunicaciones orales
  • Volumen IV — Sistema de radar de vigilancia y sistema anticolisión
  • Volumen V — Utilización del espectro de radiofrecuencias aeronáuticas

Anexo 11: Servicios de Tránsito Aéreo

Describe cómo el espacio aéreo mundial se divide en regiones de información de vuelo (FIR). El objetivo primordial de los servicios de tránsito aéreo es impedir colisiones entre las aeronaves.

Anexo 12: Búsqueda y Salvamento

Aborda la organización de los servicios de búsqueda y salvamento para responder a personas aparentemente en peligro o en necesidad de ayuda.

Anexo 13: Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación

Describe los requisitos internacionales para la investigación de accidentes e incidentes de aviación.

Anexo 14: Aeródromos (Volúmenes I y II)

Abarca desde la planificación de aeropuertos y helipuertos hasta detalles como el tiempo que deben tardar en entrar en servicio las fuentes secundarias de energía eléctrica.

Anexo 15: Servicios de Información Aeronáutica

Define la manera en que los servicios de información aeronáutica reciben y originan, cotejan o reúnen, editan, formatean, publican o almacenan y distribuyen información y datos aeronáuticos.

Anexo 16: Protección del Medio Ambiente (Volúmenes I y II)

Trata la protección del medio ambiente contra los efectos del ruido y de las emisiones de los motores de las aeronaves.

Anexo 17: Seguridad

Establece las bases del programa OACI de seguridad de la aviación civil para salvaguardar la aviación civil y sus instalaciones y servicios contra los actos de interferencia ilícita.

Anexo 18: Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Especifica las normas y métodos recomendados que se han de seguir para poder transportar sin riesgo mercancías peligrosas.

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