El Antiguo Régimen en España: Monarquía Absoluta y Sociedad Agraria

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Características políticas: el absolutismo monárquico

Desde el siglo XVI, la dinastía de los Austria o Habsburgo había desarrollado una monarquía autoritaria sobre el país que, sin embargo, no había logrado extender completamente sobre todos sus dominios. Pese al predominio de Castilla y sus Cortes, zonas como la Corona de Aragón, Navarra y los territorios Vascos habían conservado instituciones propias (Cortes) y un cierto grado de autonomía y soberanía respecto al poder central.

Al instalarse los Borbones en el trono español (Felipe V), a principios del siglo XVIII, impusieron el modelo de absolutismo implantado en Francia por Luis XIV durante el siglo XVII. En esta fórmula política, el monarca absoluto constituía la encarnación misma del Estado. A él pertenecía el territorio y de él emanaban las instituciones. Su poder era prácticamente ilimitado, pues era fuente de ley, autoridad máxima del gobierno y cabeza de la justicia. Con esta nueva concepción, los monarcas, secundados por consejeros, combatieron las pocas limitaciones que aún actuaban sobre las prerrogativas de la Corona, fortaleciendo el poder real y extendiéndolo a todo el país.

Características económicas: economía agraria y debilidad de la industria y comercio interior

La agricultura era la fuente esencial de riqueza y a ella se dedicaba el 80% de la población. La mayor parte de la tierra era amortizada, es decir, no podía comprarse ni venderse, y debía de transmitirse en herencia (tierras en "manos muertas"). Esto sucedía con las tierras de la Iglesia, los ayuntamientos o de la nobleza, en cuyos patrimonios era habitual la institución del mayorazgo.

Asimismo, la Corona, la nobleza y la Iglesia eran titulares de señoríos, extensas posesiones sobre las que recibían cuantiosas rentas y ejercían jurisdicción. En consecuencia, la mayor parte de la tierra cultivable estaba fuera del mercado y la inmensa mayoría de la población no podía acceder a la propiedad.

El campesinado y la estructura de la propiedad

Aunque existían agricultores propietarios en algunas zonas (Cantabria, Asturias, País Vasco y norte de Castilla), la mayor parte del campesinado era arrendatario o jornalero. Las condiciones variaban según las zonas y el tipo de contrato al que estaban sujetos. En lo que respecta al sur de Castilla, Extremadura y Andalucía existían enormes extensiones (latifundios) en manos de la nobleza y del clero, trabajados por campesinos en arriendos a corto plazo o por jornaleros. Las condiciones del campesinado eran muy duras, más para los jornaleros, que dependían de un mísero salario.

Industria y comercio: sectores subsidiarios

Respecto a la industria y el comercio, estos eran sectores económicos subsidiarios del mundo agrario. La industria tradicional (talleres artesanos) continuaba organizada de forma gremial, y no despuntaba sobre todo debido a la escasez de la demanda (bajo poder adquisitivo). El mercado interior era, por tanto, débil y escaso, limitado en su mayoría a los intercambios de tipo local o comarcal. Existían graves problemas de transporte y perduraba el aislamiento del interior respecto a la periferia. Pero el problema más serio para el comercio era la economía agraria de subsistencia, donde los escasos excedentes de los campesinos apenas alcanzaban para la compra de los productos más indispensables. Solo el comercio colonial mantenía cierta importancia.

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