Aspectos Clave del Ciclo Formativo y el Derecho Laboral en España

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

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Ciclo Formativo y Normativa Educativa

1. Ciclo formativo: Normativa: Constitución, LOE, LOMLOE, RD. Título, R.D. Currículum, Nivel académico título oficial educación superior (ART. 3.5 LOE), E.E.E.S, ECTS, Convalidaciones, ERASMUS, Exigencia académica y metodología diferente, Suplemento europeo al título (Europass) y nivel profesional: Grupo B Funcionarios, E.B.E.O., Convenios colectivos, pliegos administrativos de servicios públicos.

1.2 Itinerarios Formativos

  • Universidad: Educación social, trabajo social, psicología, pedagogía, el sistema de acceso de la EMES, nota de cortes, convalidaciones, Universidades como la Autónoma, Complutense, Rey Juan Carlos, Comillas, Camilo José Cela.
  • Otros ciclos: Animación sociocultural, educación infantil, integración social, interpretación del lenguaje de signos, APSD, (SSCC), T.A.F.A.D, sanitarios.
  • Formación para el empleo: Sindicatos, patronales, CPR, Ayuntamientos, ONG (Cruz Roja, Cáritas), Universidades (UNED).

1.3 Cualificaciones Profesionales

  • Educación de habilidades de autonomía personal y social.
  • Mediación comunitaria.
  • Inserción laboral con personas con discapacidad.
  • Atención al alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) en centros educativos (incompleta).
  • Técnico básico PP.RR.LL.

1.4 Características del Sector IS

  • Intensiva mano de obra.
  • Inversión pequeña (gasto elevado).
  • Salarios medios bajos.
  • Derechos sociales: al ocio, cultura (art. 44), participación, integración (art. 49).
  • Presencia de financiación pública.
  • Sector tradicional.
  • Proceso de profesionalización.
  • Crisis que afectó, pero se mantiene mejor que otros ámbitos.
  • Valorización social.

1.5 Opciones Profesionales

Ámbito Público

  • Educador de discapacitados C.A.M.
  • Conserjería de Familia - Convocatoria - Bolsa de empleo.
  • Auxiliar de servicios sociales del Ayuntamiento de Madrid.
  • Hay más ofertas de empleo público que son de mayor calidad.

Ámbito Privado

  • Colectivos de discapacidad psíquica (Espectro autista, síndrome D, enfermedad mental).
  • Personas sin hogar, inmigrantes, menores y jóvenes en riesgo de exclusión.
  • Drogodependencia.
  • Entidades como ONGs.

Asociacionismo Profesional

Colegio profesional, sindicato, asociación - A.TIS.AD.

Historia del Derecho del Trabajo

El contrato de trabajo es un contrato del siglo XX; anteriormente, las relaciones laborales se regían por otras normas. En la Edad Media, los siervos estaban obligados a trabajar la tierra del señor feudal, además, éste podía traspasarlos junto con la tierra. No fue hasta la Revolución Industrial del siglo XVIII-XIX cuando apareció en las fábricas el contrato de arrendamiento de servicios que se firmaba libremente entre los trabajadores y los empresarios. Sin embargo, el contenido de este contrato civil estaba totalmente abierto a lo que las partes decidiesen, por lo que los empresarios imponían las condiciones de trabajo, produciéndose una situación de sobreexplotación de los trabajadores.

La primera ley que reguló el trabajo infantil en España fue la Ley de Benot en 1873, que prohibía el trabajo a menores de 10 años y la jornada máxima para menores entre 10-15 años era de 8 horas al día. A finales del siglo XIX y principios del XX, con la presión del movimiento obrero, el Estado intervino en esta relación de trabajo y decidió aprobar leyes para proteger al trabajador, es decir, al débil. Así nació el contrato de trabajo como un contrato regulado por las leyes para apoyar al trabajador, pero que al mismo tiempo tenía una parte del contrato abierta para que el empresario y el trabajador decidiesen su contenido. Es por ello que se dice que el Derecho del Trabajo tiene parte pública y parte privada.

Se comete un fraude de ley cuando se realiza un acto jurídico amparándose en una ley de cobertura con la intención de alcanzar objetivos impropios de esa norma y, además, contrarios a otra ley o al ordenamiento jurídico.

Derechos de Articulación de la Constitución

  • Art. 41: Seguridad social.
  • Art. 35: La ley regulará el estatuto de trabajadores.
  • Art. 1: España se considera estado social y democrático de derecho.
  • Art. 28: La huelga de los trabajadores.
  • Art. 38: Libertad de la empresa en el marco de la economía del mercado.

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