Aspectos Clave del Contrato de Trabajo: Sujetos, Contenido y Gestión

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Los Sujetos del Contrato de Trabajo

El Trabajador

La persona física que voluntariamente preste servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario. Tienen plena capacidad de obrar:

  • Las personas mayores de 18 años.
  • Las personas mayores de 18 años legalmente emancipadas.
  • Personas mayores de 16 años y menores de 18 si viven de forma independiente con el consentimiento expreso o tácito de sus padres o tutores.

Contratación de Familiares

El Estatuto de los Trabajadores excluye como relación laboral los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes lo llevan a cabo. La LGSS establece que no tendrán la consideración de trabajadores por cuenta ajena.

Contratación de Personas Extranjeras

Los trabajadores comunitarios pueden ser contratados libremente. El resto necesita estar en posesión de la autorización correspondiente. Los trabajadores extranjeros contratados de manera regular tienen los mismos derechos que los trabajadores nacionales.

El Empresario

Puede ser una persona física, jurídica o una comunidad de bienes.

  • Empresarios individuales: Toda persona mayor de edad, las personas menores de 18 años y mayores de 16 que estén emancipadas, el menor de edad no emancipado.
  • Las sociedades.

El Contenido del Contrato de Trabajo

Un contrato de trabajo recoge el acuerdo entre empresario y trabajador de iniciar una relación laboral con determinadas condiciones, que constituyen el contenido de este.

Contenido Mínimo del Contrato

  • Centro de trabajo: Se debe hacer constar el domicilio de la empresa y el centro de trabajo donde se van a prestar los servicios. Ambos domicilios pueden coincidir o no.
  • Fecha de comienzo de la relación laboral: Debe indicarse la fecha de inicio de la relación laboral y la duración, que varía según el tipo de contrato.
  • Periodo de prueba: Se indicará la duración del periodo de prueba, respetando lo que se establezca en el convenio y en el Estatuto de los Trabajadores.

Cláusulas

  • Pacto sobre las pagas extraordinarias: Se puede incluir el pacto de prorratear el cobro de las gratificaciones extraordinarias en las doce mensualidades si el convenio lo permite.
  • Pacto de descanso por la jornada continua: Se puede determinar si los descansos dentro de la jornada se consideran o no tiempo de trabajo.
  • Pacto sobre el preaviso de cese voluntario: Se puede establecer el plazo de preaviso en caso de dimisión voluntaria del trabajador.

Gestión de la Contratación Laboral

  • Entregar copia básica a los representantes legales de los trabajadores.
  • Gestión de contratación:
    • Afiliación y alta de los trabajadores: Antes del inicio de la actividad laboral, a través del Sistema RED.
    • Comunicación del contrato y su copia básica al SEPE: En las oficinas de empleo, a través de Contrat@, plazo: 10 días hábiles.
  • Información a los representantes de los trabajadores:
    • Entregar copia básica a los representantes de los trabajadores en un plazo de diez días.
    • Notificar los contratos temporales que no tienen que formalizarse por escrito.
  • Información a los trabajadores sobre los elementos del contrato y las condiciones de ejecución de la prestación laboral cuando no figuren en el contrato de trabajo formalizado por escrito. Plazo: dos meses.

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