Aspectos Clave y Requisitos del Certificado de Origen en el Comercio Exterior
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Verdades fundamentales sobre el Certificado de Origen
- El exportador no tiene la obligación de proporcionar el certificado de origen a menos que sea solicitado por el importador.
- El Certificado de Origen puede ser necesario tanto para el cruce de aduanas como para la obtención de una reducción arancelaria.
- Los certificados de origen suelen ser emitidos por las Cámaras de Comercio, las cuales obligan a los exportadores a firmar un documento que las exima de responsabilidad en caso de presentar inexactitudes.
- El certificado de origen normalmente debe ser presentado en la aduana de importación en el momento de realizar el despacho, aunque en algunos casos se podrá realizar a posteriori.
- Se puede duplicar en caso de robo o extravío, y en el nuevo ejemplar aparecerá la palabra "DUPLICADO".
- No es necesario presentar un Certificado de Origen en aduana en caso de pequeños envíos o compras particulares.
- El periodo de validez del certificado de origen suele ser de 10 meses a contar desde la fecha de emisión.
- Cada certificado (copias incluidas) tendrá su propia numeración.
- Los certificados serán emitidos en la lengua del exportador, pero se podrán realizar en otras lenguas si es necesario.
- Todos los datos del certificado deben coincidir con los de la factura comercial y los de la lista de contenidos (packing list).
Información obligatoria en los Certificados de Origen
En la cumplimentación de los certificados de origen debe constar la siguiente información detallada:
- 1. El expedidor: Identificación clara de la parte que envía la mercancía.
- 2. El destinatario: Dirección completa, o la indicación "a la orden" seguida del país de destino. Si posteriormente se va a reexportar a otro país, añadiremos la mención: "para reexportación a posteriori".
- 3. País de origen:
- Mercancías comunitarias: Comunidad Europea + nombre del Estado miembro.
- Mercancías de origen no comunitario: Nombre del país de origen.
- 4. Medio de transporte empleado: Avión, barco, camión, etc. Es recomendable utilizar el término "transporte mixto" para mayor flexibilidad.
- 5. Descripción de las mercancías: Debe realizarse de forma concreta, incluyendo su denominación comercial y las especificaciones técnicas necesarias.
- 6. Cantidad de producto: Se puede expresar en diferentes unidades de medida, pero se ha de precisar obligatoriamente si corresponden al peso neto o al peso bruto.
- 7. Visado de autentificación: Sello y validación del certificado, generalmente gestionado a través de las Cámaras de Comercio.