Aspectos de un empresario

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

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4.1PRINCIPALES COMPETENCIAS PARA DELEGADO DE PERSONAL Y COMITÉ DE EMPRESA

1-SER INFORMADOS Y CONSULTADOS POR EL EMPRESARIO: //*INFORMACIÓN:Transmisión de datos por el empresario (información pasiva). Ej: medidas de igualdad, contrataciones, Sanciones muy graves…. [+] Modificación prestaciones, horas extras, transmisión de empresa, Subcontratación, ETT, autónomos dependientes, etc. *CONSULTA- Intercambio de opiniones y apertura de diálogo (información activa). Incluyendo informe Preceptivo no vinculante (en 15 días). Ej: reestructuración de Plantilla, reducciones de jornada, traslado de instalaciones, modificación del Estatus jurídico que pueda afectar al empleo…[+] Ascensos, despidos, traslados y modificaciones colectivas, expedientes Disciplinarios.  2-VIGILANCIA Y CONTROL: Vigilancia en el cumplimiento de normas en Materia laboral, seguridad social, empleo:Inspección Y acceso a las instalaciones y documentación,Formulación de reclamaciones, Observaciones , Ejercicio De las acciones legales oportunas (art.65.1 ET), Presencia en los registros a los trabajadores (art.18 ET).//Vigilancia y control de las Condiciones de seguridad y salud en el desarrollo del trabajo en la empresa:Facultades De la LPRL: delegados de prevención .//Vigilancia del respeto y aplicación del Principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. 3-NEGOCIACIÓN Y ACUERDO: Legitimación para negociar cuestiones laborales:Convenios colectivos de eficacia general en la empresa (art. 87.1 ET), Acuerdos de empresa sobre materias concretas.Derecho de veto (en defecto de convenio que ya lo recoja) sobre materias que precisan acuerdo:  Sistemas de clasificación profesional, Ascensos, modelo del recibo de salarios, distribución irregular de la jornada; Etc. (fuera del art.64 ET). Cogestión (art.64.7 b), c) y d) en la toma de decisiones:de obras sociales en la empresa, Incremento de la productividad, sostenibilidad Ambiental, medidas de conciliación de la vida laboral y familiar.4- OTRAS FUNCIONES Y COMPETENCIAS: Convocar huelgas en el ámbito de la empresa (art.3 RDLRT), Convocar Y presidir la asamblea de trabajadores (art.77 ET), Paralizar la actividad en Caso de riesgo grave e inminente (art.21 LPRL), Representación de trabajadores De ETT y de contratas sin representación (art.17 LETT y 42 ET), Informar a sus Representados (art.64.7 e) ET).

4.2 EL DEBER DE SIGILO: Límite a revelar la información de carácter reservado, aún después de abandonar Las tareas representativas. Lo decide la empresa por un interés legítimo y Objetivo. IMPUGNACIONES: procedimiento especial de conflictos colectivos (arts 153 y ss LJS).        1Prohibición de utilización de cualquier Documento recibido fuera del ámbito de la empresa y para otros fines 2-Afecta al derecho de los trabajadores A recibir información de sus representantes (discreción profesional y cautela.

4.3DERECHOS DE INFORMACIÓN DE LOS DELEGADOS SINDICALES: art 10.3 LOLS

Acceso a la Información y Documentación que la empresa ponga a disposición del comité de empresaàDeber de sigilo. Asistencia a reuniones del comité de empresa, comité de seguridad y Salud (con voz pero sin voto)à Ser oídos por el empresario: Previamente A la adopción de medidas de carácter colectivo y Despidos/sanciones de Afiliados.

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