Aspectos de un empresario

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FALTAS: Los convenios también señalán el tipo de sanción, si bien nunca conllevar a la reducción de sueldo, la perdida de vacaciones o de descanso. Si el trabajador no está conforme con la sanción, podrá reclamar ante el juzgado en el plazo de 20 días hábiles. *Las faltas prescriben cuando haya pasado el plazo la empresa no podrá alegar que se produjo una falta. *Los plazos son: faltas leves a los 10 días, faltas graves a los 20 y las muy graves a los 60, desde que el empresario sabe que se cometieron. En todo caso, a los 6 meses desde que se cometieron aunque la empresa no lo sepa. *Las sanciones son: FALTA LEVE: Amonestación escrita. FALTA GRAVE: Amonestación escrito y/o suspensión de empleo y sueldo de 2 a 20 días.FALTA MUY GRAVE: Amonestación escrita y/o suspensión empleo y sueldo de 21 a 60 días o despido.

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