Aspectos fundamentales del empresario y la empresa mercantil

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Es el acuerdo entre el trabajador y el empresario por el cual el trabajador se compromete a prestar determinados servicios por cuenta ajena a cambio de una retribución.
A)ELTRABAJADOR.Ser mayor de 18 años O menor de 18 años legalmente emancipado. Los mayores de 16 años programa celebrar un contrato con autorización de los padres siempre que no sea un trabajo muy peligroso o insalubre. Los menores de 16 años no pueden celebrar contratos de trabajo excepto para espectáculos públicos , siempre que cuenten con autorización de los padres de tutores.Requisitos de nacionalidad: Podrán celebrar un contrato dentro del territorio español los ciudadanos de la Unión Europea sin que se le exija el permiso de trabajo. Los ciudadanos Extracomunitarios deberán obtener el permiso de trabajo y los empresarios que deseen contratarlo deberán obtener un permiso para contratar trabajadores extracomunitarios.B) EL EMPRESARIO Debe ser mayor de edad o menor emancipado.  Si es extracomunitario requerirá permiso de administración laboral. El empresario puede ser tanto una persona física, una persona jurídica o también una comunidad de bienes
1.2ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO
A) E. SUSTANCIALES DEL CONTRATO  la validez de un contrato de trabajo depende de que     Sean válidos sus 3 elementos sustanciales.- El consentimiento deberá ser mutuo acuerdo entre las partes de manera que ninguna de ellas  haya sido obligado a realizar el contrato o haya sido engañada.-El objeto del contrato debe ser posible y lícito.- la causa real prestar un servicio determinado a cambio de una retribución.B) LA FORMA DEL CONTRATO.  El contrato puede ser escrito o de forma verbal. De todas formas, cualquiera de las dos partes puede exigir que el contrato sea por escrito. Para proteger a los trabajadores, si no existe contrato por escrito, hay una presunción de que el contrato verbal era indefinido y a tiempo completo, Salvo prueba en contrario.C) EL CONTENIDO DEL CONTRATO:  donde se realiza el control, la identificación de las partes, nombre del puesto de trabajo y categoría profesional, lugar donde se realizará el trabajo, jornada y horarios de trabajo, duración: fecha de comienzo y finalización en su caso, retribución: Salario base y demás complementos, duración de las vacaciones anuales,   plazo de preaviso para rescindir el contrato, convenio colectivo que regula este contrato, otras cláusulas voluntaria: realizar un periodo de pruebacomo la voluntad de realizar horas extraordinarias por parte del trabajador, no trabajar para la competencia una vez finalice la relación laboral, O también permanecer en la empresa durante un tiempo si ba recibido formación especializada por la empresa. En el caso de que en el contrato no figurase figurase datos como la jornada, la retribución o la dirección de las vacaciones, El propio contrato suele señalar que estos aspectos se pactan según lo establecido en el convenio colectivo,  por lo que habría que adquirir hay para conocer la jornada, la retribución o las vacaciones.
D) Duración DEL CONTRATO.Los contratos de trabajo puede ser indefinido o bien temporales. Se presumirá que es por tiempo indefinido y a tiempo completo, salvo que se pruebe lo contrario, si ocurriese las siguientes circustancia: Cuando fuese obligado realizarlo por escrito y se realizase por palabra, Cuando no Hubiese sido dado de alta en la Seguridad Social una vez que haya transcurrido la duración fijada para el periodo de prueba y Cuando se realice en fraude de ley o sea cuando si bien formalmente todo es legal, en el fondo se persigue esquivar la ley.
Un trabajador que tiene una serie de contratos temporales seguidos pero que realmente está cubriendo un puesto de trabajo fijo en la empresa sería el caso más típico de fraude de ley.
1.3 PERÍODO DE PRUEBA.Es un periodo de tiempo que pueden pactar el empresario y el trabajador para que ambas partes comprueben si es conveniente la contratación. PACTO.Para que si está periodo de prueba este debe ser pactado en el contrato, por lo que debe figurar antes de empezar a trabajar. No se realiza el periodo de prueba y después de firmar contrato sino que el periodo de prueba ya está dentro del contrato. No se puede pactarse trabajador ya sido contratado antes por la empresa con otro contrato. Duración.-La duración suele venir reflejado en el convenio colectivo. Si el convenio no dijera nada, el estatuto de los trabajadores señala que será: para técnicos titulados que posean un título medio o superior un máximo de seis meses, 

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