Aspectos laborales y sindicales

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El finiquito

Consiste en cobrar un dinero cuando finaliza el contrato, bien porque terminó un contrato temporal o porque la empresa o el trabajador decidieron finalizar antes de tiempo el contrato.

  • Salarios: salarios por los días trabajados en el último mes y pendientes de cobrar.
  • Pagas extra: parte proporcional de pagas extras pendiente de cobrar.
  • Vacaciones: salarios por vacaciones no disfrutadas. Si se extingue el contrato y el trabajador no ha disfrutado de las vacaciones, cobrará los días de vacaciones que le hubiesen correspondido.

Comité de Empresa

Órgano de participación obligatorio que existe en los centros de trabajo con menos de 50 trabajadores.

Delegados de personal

Representantes de los trabajadores en centros de trabajo con menos de 50 trabajadores. En empresas de 6-10 trabajadores hay 1 delegado, de 11-49 trabajadores hay 1-3 delegados.

Derecho de reunión

Los trabajadores tienen derecho a reunirse dentro de la empresa. La empresa debe facilitar el lugar de reunión si las condiciones lo permiten.

Procesos

  • La convocatoria la pueden realizar los delegados de personal, el comité de empresa o los trabajadores si suponen un 33%.
  • Los que acuden a las reuniones deben estar fuera del horario de trabajo.
  • La presiden los representantes, hay un orden del día y no se pueden tratar otros asuntos.
  • Debe comunicarse a la empresa con 48 horas de antelación.
  • Los acuerdos que afectan a toda la plantilla requieren un acuerdo de la mitad más uno de toda la plantilla.

Base reguladora

Es la cantidad de referencia para calcular el salario de baja e incluye la base de cotización de contingencias comunes: salario base, complementos salariales, compensaciones extrasalariales y prorrateo de la paga extra.

Competencias de comités de empresa y delegados de personal

  • Recibir información de la empresa en temas como situación económica, accidentes de trabajo, contratos realizados, etc.
  • Derecho a ser consultados en temas como despidos, traslados, reducción de jornada, etc.
  • Vigilar el cumplimiento de la normativa laboral y de seguridad e higiene, e interponer denuncias ante la inspección de trabajo o el juzgado.

Sindicato

Conjunto de trabajadores para la defensa de sus intereses y mejora de sus condiciones de trabajo. Pueden pertenecer trabajadores por cuenta ajena, parados, jubilados, trabajadores incapacitados y trabajadores por cuenta propia.

Convenio colectivo

Contrato negociado entre trabajadores y empresarios que tiene en cuenta las necesidades de los trabajadores. Su utilidad es dar a conocer al trabajador sus derechos y cálculos de la empresa hacia su finiquito.

Cantidades descontadas por huelga

No se cobra salario por días de huelga, se descuenta por descansos semanales y pagas extra. No se pueden descontar días de vacaciones, salvo en huelga ilegal. La empresa no cotiza a la seguridad social.

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