Bloque constitucional de Derechos Humanos y su función promocional

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 4,13 KB

¿Qué se entiende por bloque constitucional de DDFF?
El conjunto de derechos de la persona asegurados por fuente constitucional o por fuentes del derecho internacional de los derechos humanos, y los derechos implícitos, expresamente incorporados a nuestro ordenamiento jurídico por vía del art.29 literal c) de la CADH, los cuales en el ordenamiento constitucional chileno, constituyen limites a la soberanía como lo especifica categóricamente el art.5 inc.2 de la CPR.
El bloque de DDFF queda configurado por:-Los de la carta fundamental explicita sin taxatividad.
-Los que asegura el derecho internacional, a través, de: Los principios de Ius Cogens, los que asegura el derecho convencional internacional de DDHH, los que asegura el derecho internacional humanitario, los que asegura el derecho internacional consuetudinario. 
Las reglas del D°internacional se entienden automáticamente incorporadas en el D°Interno y deben ser aplicadas con preferencia al derecho interno
¿En qué consiste la función promocional de los derechos?
Las cartas fundamentales exigen a los agentes y órganos del E° no sólo una función de respeto a los derechos, sino también una función promocional, la que constituye un deber constitucional consignado como base de la institucionalidad  en el art.5 inc.2, el cual irradia a todas las autoridades las que deben dentro del ámbito de su competencias de acuerdo al art.7 de la CPR "promover condiciones más humanas de vida y remover obstáculos para hacer efectivas la dignidad de la persona, la libertad y la igualdad con miras a la plenitud del ejercicio de los derechos; función promocionalreconocida explícitamente en nuestra constitución chilena en el art. 5 inc. 2.
Explique cómo se clasifican los DDFF.
-Derecho de la personalidad: D°a la vida y a la integridad física y psíquica, protección de la vida del que está por nacer (art.19 N°1), D° a fundar una familia (Art.1 inc2), D° a la privacidad y a la honra, D° a la inviolabilidad del hogar y de las comunicaciones privadas, D° a la nacionalidad.
-Derechos del pensamiento libre: Libertad de conciencia, de creencias y de culto; libertad de enseñanza y de cátedra; libertad de opinión y de información; D° de protección.
-Derecho de la seguridad jurídica: Igualdad ante la ley, igualdad en el ejercicio de los derechos e igualdad ante la justicia, libertad personal y derecho a la seguridad individual, igualdad en la admisión  de empleos y funciones públicas, d° a la igual repartición de los tributos y demás cargos públicos; libre ejercicio de los derechos.
-Derechos del desarrollo en el medio social: Derecho a un medio ambiente libre de contaminación, d° a la salud, a la educación, de reuníón, de asociarse, libertad del trabajo, D° de seguridad social y D° a sindicación.
-Derechos patrimoniales: D° a la libre actv. Económica y d° a la libre adquisición de bienes, d° a no ser discriminado por las autoridades económicas, d° a la propiedad, d° de propiedad sobre las creaciones intelectuales, artísticas e industriales.
-Puede señalarse la categoría de d° políticos: Como son el d° al sufragio, el d° a ser elegido, de asociarse en partidos políticos, optar a cargos públicos.


Entradas relacionadas: