Cálculo y Ajustes Fiscales en el Impuesto sobre Sociedades: Casos Prácticos y Amortizaciones
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Ajustes Extracontables y Determinación de la Base Imponible
A continuación, se detallan los principales ajustes y partidas relevantes para la determinación de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades (IS):
Partidas Contables y Fiscales
- Resultado del Ejercicio: 11
- Impuesto sobre Sociedades (Ajuste positivo): 15
- Impuesto pagado en el extranjero: 107
- Sanciones, recargos y multas (Gasto no deducible): 69
- Intereses de demora (Pago Impuesto sobre Bienes Inmuebles - IBI): 81
- Acciones y Dividendos: 89
- Nota Fiscal: El cálculo (40.800 x 0,95) se realiza porque el dividendo es +5%. No se puede aplicar la exención por doble imposición (Art. 21 LIS) al no poseer el 5% del capital o no alcanzar un volumen de negocio de 20 millones de euros.
- Doble Imposición Jurídica Internacional (España sin convenio):
- Se realiza un ajuste negativo (disminución): 105.
- Se trata de una renta obtenida en el extranjero que está exenta y paga un +10%.
- Pago a entidad en paraíso fiscal: 79
- Pagos fraccionados: 210
- Bases Imponibles Negativas (BINs) pendientes de compensar: 130
- Deducciones pendientes de aplicación: 194
- Compra Lotería de Navidad: 81
- Grado de Discapacidad (Reducción/Deducción): 191
- 65% o más: 12.000 €
- 33% a 65%: 9.000 €
- Retención sobre Sociedades (19%):
- Dividendo líquido: 24.300 €
- Cálculo del dividendo bruto: 24.300 / 0,81 = 30.000 €
- Retención aplicada: 30.000 x 19% = 5.700 € (Total: 208)
Gastos No Deducibles Específicos
Nota: La cesta de Navidad, las loterías y las apuestas son, en general, gastos fiscalmente no deducibles, salvo excepciones muy concretas (ej. atenciones a clientes).
Métodos de Amortización Fiscal
1. Amortización por Suma de Dígitos
Suma de dígitos: 7 + 6 + 5 + 4 + 3 + 2 + 1 = 28
Cálculo: (48.960 / 28) x 4 = 6.994,28 €
Ajuste: La amortización contable (7.000 €) es mayor que la amortización fiscal (6.994,28 €). Se genera un ajuste positivo de 7.000 - 6.994,28 = 5,72 €.
2. Amortización Lineal
Cálculo: 1.224.000 x 3% x (11/12) = 33.660 € (Amortización Contable)
Ajuste: La amortización contable (33.660 €) es menor que la amortización fiscal (36.720 €). Se genera un ajuste negativo de 36.720 - 33.660 = 3.060 €.
3. Amortización por Porcentaje Constante
Coeficientes:
- 1,5 si el periodo de amortización es inferior a 5 años.
- 2 si el periodo de amortización es de 5 a 8 años.
- 2,5 si el periodo de amortización es superior a 8 años.
Cálculo: 25% x 1,5 = 37,5%
Amortización: 37,5% x 60.000 = 22.500 €
Valor pendiente: 30.000 - 22.500 = 7.500 €
Provisiones y Deterioro de Créditos por Insolvencias
Provisiones por Insolvencias: 63
Pérdidas por Deterioro de Créditos por Insolvencias
Total de créditos analizados: 68.000 € + 54.400 € + 9.900 € = 132.300 €
Casos de Deducibilidad Fiscal:
- Crédito 1: 68.000 € (Vencido 01/02/2024). Aunque lleva más de 6 meses vencido, pertenece a una sociedad participada. Por normativa fiscal, no es fiscalmente deducible. Ajuste extracontable: +68.000 €.
- Crédito 2: 27.700 € (Vencido 01/03/2024). Lleva más de 6 meses vencido. Fiscalmente deducible. No hay ajuste.
- Crédito 3: 54.400 € (Vencido 01/12/2024). No lleva más de 6 meses vencido y la entidad no está en concurso. No es fiscalmente deducible. Ajuste extracontable: +54.400 €.
- Crédito 4: 10.000 € (Vencido 01/05/2024). Lleva más de 6 meses vencido, pertenece a una sociedad vinculada (propiedad del consejero delegado de la sociedad X, SA), pero se encuentra en concurso de acreedores y ya está en la fase de liquidación. Cumple los requisitos de deducibilidad. Fiscalmente deducible. No hay ajuste.
- Crédito 5: 9.900 € (Vencido 01/04/2024). Lleva más de 6 meses vencido, pero es con una entidad de derecho público. Por normativa, no es fiscalmente deducible. Ajuste extracontable: +9.900 €.