Cálculo de Bases de Cotización y Retenciones en Nómina: Ejemplificación Práctica

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Cálculo de Bases de Cotización y Retenciones en Nómina

A continuación, se detalla el proceso de cálculo de las bases de cotización y las retenciones aplicables en una nómina, ejemplificado con datos específicos.

1. Base de Cotización por Contingencias Comunes (BCCC)

La BCCC se determina a partir de las remuneraciones computables devengadas en el mes:

  • Salario base: 2.500 €
  • Plus idioma: 400 €
  • Plus calidad: 300 €
  • Plus título: 200 €

Remuneración mensual a efectos de determinación de la BCCC: 2.500 + 400 + 300 + 200 = 3.400 €.

Prorrata de pagas extraordinarias:

Se calcula sobre el salario base más pluses que se tengan en cuenta para las pagas extraordinarias:

  • Salario base + plus título = 2.500 + 200 = 2.700 € (asumiendo que el plus título se prorratea).
  • Prorrata = 2.700 € × 3 / 12 = 675 € (ajustando el cálculo original para mayor claridad).

Total remuneración mensual + prorrata de pagas extras: 3.400 € + 675 € = 4.075 €.

Aplicación de topes:

Dado que la cantidad obtenida (4.075 €) sobrepasa la base máxima establecida para el año en curso (3.230,10 €), se aplicará la base máxima de cotización para contingencias comunes:

BCCC = 3.230,10 €

(Recordatorio: la base mínima para el grupo de cotización 1 es 1.045,20 €).

2. Base de Cotización por Contingencias Profesionales (BCCP)

La BCCP se determina de forma similar a la BCCC, pero incluyendo las horas extraordinarias. Para Accidentes de Trabajo (AT) y Enfermedades Profesionales (EP), desempleo, formación profesional y Fogasa:

  • Remuneración mensual (BCCC): 3.400 €
  • Horas extraordinarias: 120 €
  • Total remuneración computable: 3.400 € + 120 € = 3.520 € (incluyendo la prorrata de pagas extras si aplica a esta base, pero para simplificar el ejemplo, usamos la remuneración base más horas extras).

Aplicación de topes:

La cantidad obtenida (3.520 €) es superior al tope máximo (3.230,10 €) y no es inferior al tope mínimo (748,20 €) establecidos para la cotización de AT y EP. Por lo tanto, se aplica el tope máximo:

BCCP = 3.230,10 €

3. Cotizaciones a Cargo del Trabajador (Año 2011)

Cotización por Contingencias Comunes:

  • Tipo de cotización (trabajador): 4,70%
  • Cálculo: 3.230,10 € × 4,70% = 151,81 €

Cotización por Desempleo y Formación Profesional:

  • Desempleo:
    • Tipo aplicable (trabajador): 1,55%
    • Cálculo: 3.230,10 € × 1,55% = 50,07 €
  • Formación Profesional:
    • Tipo (trabajador): 0,10%
    • Cálculo: 3.230,10 € × 0,10% = 3,23 €

Cotización Adicional por Horas Extraordinarias No Estructurales:

  • Importe horas extraordinarias: 120 €
  • Tipo de cotización adicional (contingencias comunes): 4,70%
  • Cálculo: 120 € × 4,70% = 5,64 €

4. Base de Retención por IRPF

La base sujeta a retención generalmente coincide con la suma de las remuneraciones devengadas en el mes, antes de aplicar las cotizaciones a cargo del trabajador.

  • Devengos del mes (incluyendo prorratas y horas extras para este cálculo): 3.520 € (ajustando el cálculo original para mayor coherencia con la base de retención).
  • Tipo de retención aplicado: 24%
  • Cálculo: 3.520 € × 24% = 844,80 €

5. Salario Líquido a Percibir

Se obtiene restando del total de devengos las cotizaciones sociales a cargo del trabajador y la retención de IRPF.

  • Total devengos (estimado para este cálculo): 3.520 €
  • Suma de cotizaciones y retenciones: 151,81 € (CC) + 50,07 € (Desempleo) + 3,23 € (FP) + 5,64 € (HE) + 844,80 € (IRPF) = 1.055,55 €
  • Salario líquido a percibir: 3.520 € - 1.055,55 € = 2.464,45 €

Nota: Los cálculos se basan en los datos proporcionados y las normativas vigentes para el año 2011. Las bases y tipos de cotización pueden variar anualmente.

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