Captación Masiva y Habitual de Dinero: Definición y Consecuencias Legales

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Captación Masiva y Habitual de Dinero

Se entiende que una persona natural o jurídica capta dineros del público en forma masiva y habitual cuando incurre en uno de los siguientes casos:

Criterios de Identificación

  • Número de obligaciones: Cuando su pasivo con el público esté compuesto por obligaciones con más de veinte (20) personas o por más de cincuenta (50) obligaciones, contraídas directamente o a través de interpuesta persona.
  • Contratos de mandato y títulos: Cuando, conjunta o separadamente, haya celebrado en un período de tres (3) meses consecutivos más de veinte (20) contratos de mandato para administrar dineros bajo libre administración o inversión en títulos valores, o haya vendido títulos de crédito con pacto de recompra.

Condiciones Adicionales

En cualquiera de los casos señalados, debe concurrir además una de las siguientes condiciones:

  • a) Que el valor total de los dineros recibidos sobrepase el 50% del patrimonio líquido de la persona.
  • b) Que las operaciones sean resultado de ofertas públicas o privadas a personas innominadas, o mediante el uso de sistemas con efectos similares.

Excepciones

No se computarán las operaciones realizadas con:

  • El cónyuge o parientes hasta el 4.º grado de consanguinidad, 2.º de afinidad y único civil.
  • Socios o asociados que, con una antigüedad mínima de seis (6) meses, posean individualmente una participación superior al cinco por ciento (5%) del capital social.

Consecuencias Penales

Quien desarrolle, promueva, patrocine, induzca, financie, colabore o realice cualquier acto para captar dineros del público en forma masiva y habitual sin la debida autorización de la autoridad competente, incurrirá en:

  • Prisión: De ciento veinte (120) a doscientos cuarenta (240) meses.
  • Multa: Hasta de cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Nota: Si para dichos fines el agente hace uso de medios de comunicación social u otro sistema de divulgación colectiva, la pena se aumentará hasta en una cuarta parte.

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