Carácter cerrado del derecho positivo

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29.-Fuentes del Código Civil: 1)Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho. 2)Carecen de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior. 3)La costumbre solo regirá en defecto de la ley aplicable,siempre que no sea contraria a la moral o al orden publico que resulte probada.Los usos jurídicos que no sean meramente interpretativos de una declaración de voluntad tendrán la consideración de costumbre. 4)Los principios generales del derecho se aplicaran en defecto de ley o costumbre,sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico. 5)Lasnormas jurídicas contenidas en los tratados internacionales no serán de aplicación directa en España en tanto no hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno mediante su publicación integra en el BOE. 6)La jurisprudencia completara el ordeniento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado,establezca el Tribunal supremo al interpretar y aplicar la ley,la costumbre y los principios generales del derecho. 7)Los jueces y Tribunales tienen el deber inexcusable de resolver en todo caso los asuntos que conozcan atendíéndose al sistema de fuentes establecido.//A parte las fuentes se ordenan según 2 principios:--Principo de competencia: cada ente de las fuentes de derecho material solo puede dictar normas de su competencia. ---Principio de jerarquía: ordenamiento jerárquico de normas.

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