Carta de la OEA y Convención de los Derechos del Niño: Principios, Objetivos y Derechos Fundamentales
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Naturaleza de la OEA
Los Estados americanos consagran en esta carta la organización internacional que han desarrollado para lograr un orden de paz y de justicia, fomentar su solidaridad, robustecer su colaboración y defender su soberanía, su integridad territorial y su independencia. La OEA no tiene más facultades que aquellas que expresamente le confiere la presente carta, ninguna de cuyas disposiciones la autoriza a intervenir en asuntos de la jurisdicción interna de los Estados miembros.
Propósitos
- Afianzar la paz y la seguridad del continente.
- Promover y consolidar la democracia representativa dentro del respeto al principio de no intervención.
- Prevenir las posibles causas de dificultades y asegurar la solución pacífica de controversias que surjan entre Estados miembros.
- Organizar la acción solidaria de éstos en caso de agresión.
- Procurar la solución de los problemas políticos, jurídicos y económicos que se susciten entre ellos.
- Erradicar la pobreza crítica, que constituye un obstáculo al pleno desarrollo democrático de los pueblos.
- Alcanzar una efectiva limitación de armamentos convencionales que permita dedicar el mayor número de recursos al desarrollo económico y social de los Estados miembros.
Principios de la OEA
- La buena fe debe regir las relaciones de los Estados entre sí.
- Todo Estado tiene derecho a elegir, sin injerencias extranjeras, su sistema político, económico y social, y a organizarse en la forma que más le convenga, y tiene el deber de no intervenir en los asuntos de otro Estado.
- La eliminación de la pobreza crítica es parte esencial de la promoción y consolidación de la democracia representativa y constituye responsabilidad común y compartida de los Estados americanos.
- Los Estados americanos condenan la guerra de agresión: la victoria no da derechos.
- La agresión a un Estado americano constituye una agresión a todos los demás Estados americanos.
- Las controversias de carácter internacional que surjan entre dos o más Estados americanos deben ser resueltas por medio de procedimientos pacíficos.
- Los Estados americanos proclaman los derechos fundamentales de la persona humana sin hacer distinción de raza, nacionalidad, credo o sexo.
- La educación de los pueblos debe orientarse hacia la justicia, la libertad y la paz.
Derechos y deberes de los Estados
- Todo Estado americano tiene el deber de respetar los derechos de que disfrutan los demás Estados de acuerdo con el derecho internacional.
- El derecho que tiene el Estado de proteger y desarrollar su existencia no lo autoriza a ejecutar actos injustos contra otro Estado.
- El reconocimiento implica que el Estado que lo otorga acepta la personalidad del nuevo Estado, con todos los derechos y deberes que existen para uno y otro, conforme determina el derecho internacional.
- Cada Estado tiene derecho a desenvolver libre y espontáneamente su vida cultural, política y económica. En este libre desenvolvimiento, el Estado respetará los derechos de la persona humana y los principios de la moral universal.
- El territorio de un Estado es inviolable y no puede ser objeto de ocupación militar ni de otras medidas de fuerza tomadas por otro Estado.
- Ningún Estado podrá aplicar o estimular medidas coercitivas de carácter económico y político para forzar la voluntad soberana de otro Estado y obtener de este ventajas de cualquier naturaleza.
- Los Estados son jurídicamente iguales, tienen iguales derechos e igual capacidad para ejercerlos y tienen iguales deberes. Los derechos de cada uno no dependen del poder de que disponga para asegurar su ejercicio, sino del simple hecho de su existencia como persona de derecho internacional.
Solución pacífica de controversias
Son procedimientos pacíficos: la negociación directa, los buenos oficios, la mediación, la investigación y conciliación, el procedimiento judicial, el arbitraje y los que especialmente acuerden en cualquier momento las partes.
Cuando entre dos o más Estados se haya suscitado una controversia que, en opinión de uno de ellos, no pueda ser resuelta por los medios diplomáticos usuales, las partes deberán convenir en otro procedimiento pacífico que les permita llegar a una solución.
Seguridad colectiva
Toda agresión de un Estado contra la integridad o la inviolabilidad del territorio, o contra la soberanía o la independencia política de un Estado americano, será considerada como un acto de agresión contra los demás Estados americanos.
Desarrollo integral
El desarrollo integral abarca los campos económico, social, educacional, cultural, científico y tecnológico, en los cuales deben obtenerse las metas que cada país defina para lograrlo. El desarrollo es responsabilidad de cada país y debe constituir un proceso integral y continuo para la creación de un orden económico y social justo que permita y contribuya a la plena realización de la persona humana.
Objetivos de los Estados miembros
- Incremento del producto nacional per cápita.
- Distribución equitativa del ingreso nacional.
- Sistemas impositivos equitativos.
- Modernización de la vida rural.
- Industrialización acelerada y diversificada.
- Salarios justos.
- Erradicación rápida del analfabetismo.
- Nutrición adecuada.
- Estabilidad del nivel de precios internos.
De los órganos
Son órganos de la OEA: la Asamblea General, la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, los Consejos, el Comité Jurídico Interamericano, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Secretaría General, las Conferencias Especializadas y los Organismos Especializados.
Asamblea General
La Asamblea General es el órgano supremo de la Organización de los Estados Americanos.
Atribuciones
- Decidir la acción y la política generales de la Organización, determinar la estructura y las funciones de sus órganos.
- Dictar disposiciones para la coordinación de las actividades de los órganos.
- Aprobar el programa-presupuesto de la Organización y fijar las cuotas de los Estados miembros.
- Adoptar las normas generales que deben regir el funcionamiento de la Secretaría General y aprobar su reglamento.
- Robustecer y armonizar la cooperación con las Naciones Unidas y sus organismos especializados.
La Asamblea General establece las bases para fijar la cuota que debe contribuir cada uno de los gobiernos al sostenimiento de la Organización.
Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores
Debe celebrarse con el fin de considerar problemas de carácter urgente y de interés común para los Estados americanos, y para servir de órgano de consulta.
Comité Jurídico Interamericano
Tiene como finalidad servir de cuerpo consultivo de la Organización en asuntos jurídicos; promover el desarrollo progresivo y la codificación del derecho internacional; y estudiar los problemas jurídicos referentes a la integración de los países en desarrollo del continente y la posibilidad de uniformar sus legislaciones en cuanto parezca conveniente.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Tiene como función principal promover la observancia y la defensa de los derechos humanos y servir como órgano consultivo de la Organización en esta materia.
Secretaría General
Es el órgano central y permanente de la Organización de los Estados Americanos. Ejercerá las funciones que le atribuye la Carta, otros tratados y acuerdos interamericanos, y la Asamblea General. Cumplirá los encargos que le encomienden la Asamblea General, la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores y los Consejos.
Funciones de la Secretaría General
- Tramitar de oficio a los Estados miembros la convocatoria de la Asamblea General, de la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral y de las Conferencias Especializadas.
- Asesorar a los otros órganos, según corresponda, en la preparación de los temarios y reglamentos.
- Presentar a la Asamblea General, en cada período ordinario de sesiones, un informe anual sobre las actividades y el estado financiero de la Organización.
- Establecer relaciones de cooperación de acuerdo con lo que resuelva la Asamblea General o los Consejos con los organismos especializados y otros organismos nacionales e internacionales.
- Servir de depositaria de los tratados y acuerdos interamericanos, así como de los instrumentos de ratificación de los mismos.
Corresponde al Secretario General
Establecer las dependencias de la Secretaría General que sean necesarias para la realización de sus fines; determinar el número de funciones y empleados de la Secretaría General; nombrarlos, reglamentar sus atribuciones y deberes, y fijar sus emolumentos.
Secretario General Adjunto
Es el secretario del Consejo Permanente, tiene el carácter de funcionario consultivo del Secretario General y actuará como delegado suyo en todo aquello que le encomiende. Estos deben ser de distinta nacionalidad.
¿En qué consiste la Convención de los Derechos del Niño?
La Convención reconoce en 54 artículos que todos los menores de 18 años tienen derecho al pleno desarrollo físico, mental y social y a expresar libremente sus opiniones.
¿Sabías que?
- Una vez que un país acepta la Convención, está obligado a cumplirla.
- Hoy la Convención ya ha sido aceptada por todos los países del mundo, excepto dos (Somalia y Estados Unidos).
Derechos a la supervivencia y el desarrollo
Son derechos a los recursos, las aptitudes y las contribuciones necesarias para la supervivencia y el pleno desarrollo del niño. Incluyen el derecho a recibir una alimentación adecuada, vivienda, agua potable, educación oficial, atención primaria de la salud, tiempo libre y recreación, actividades culturales e información sobre los derechos.
No hay causa que merezca más alta prioridad que la protección de la infancia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana.