Certificación ISO 14001 y Reglamento EMAS: Opciones y Requisitos
Opciones para la Certificación del Sistema de Gestión Ambiental (SGA) según ISO 14001
Cuando el SGA de una industria cumple o está cerca de cumplir las especificaciones reseñadas en la ISO 14001, se puede optar por una de las siguientes alternativas:
- Autodeclaración de conformidad con la norma ISO 14001: La empresa audita su propio SGA, tomando como referencia las especificaciones establecidas en la norma y declara que cumple los requisitos especificados.
- Reconocimiento por parte de segundos: Una organización independiente de la propia empresa, como un cliente o un proveedor, declara que el SGA cumple los requisitos de la norma.
- Certificación por parte de un organismo independiente acreditado: La empresa contrata a un organismo de certificación externo, debidamente acreditado, autónomo e independiente para que audite el SGA y declare oficialmente que cumple con los requisitos de la norma ISO 14001.
Actualizaciones del Reglamento EMAS
La nueva versión del Reglamento EMAS incluye, entre otros, los siguientes cambios:
- Contenido: Es obligatorio incluir información relativa a indicadores generales de comportamiento ambiental y al cumplimiento de los requisitos legales ambientales aplicables.
- Participación de los trabajadores: Se requiere la participación de los trabajadores en el establecimiento de objetivos, en la realización de análisis y en la declaración ambiental.
- Modificación de la periodicidad de las declaraciones: Se ajusta la frecuencia de presentación de las declaraciones.
- Uso del logo: Se establece un único logotipo, "Gestión Ambiental Verificada", ya que desaparece el tipo 2 "Información Ambiental Validada".
- Registro extracomunitario: Las organizaciones fuera del territorio de la UE pueden solicitar su registro en EMAS.
- Registro corporativo: Las organizaciones con varios centros en varios estados dentro y fuera de la UE pueden solicitar un registro único.
Función del Verificador Ambiental en el Reglamento EMAS
La función del verificador ambiental será la de certificar:
- El cumplimiento de todos los requisitos del Reglamento EMAS, es decir, análisis ambiental (si procede), sistema de gestión ambiental, auditoría ambiental y sus resultados, y declaración ambiental.
- La fiabilidad, verosimilitud y corrección de los datos y la información incluidos en:
- La declaración ambiental.
- La información ambiental a disposición del público, con una periodicidad máxima de doce meses.