Cheque cruzado
Clasificado en Derecho
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El librador o el tenedor de un cheque puede cruzarlo por medio de dos barras paralelas sobre el anverso.-El cheque cruzado puede ser general o especial. Es general si no contiene entre las dos barras designación alguna o contiene la mención Banco, Compañía o un término equivalente. Es especial si entre las barras se escribe el nombre de un Banco determinado.-El cruzado general puede transformarse en especial; pero el especial no puede transformarse en general. Cualquier tachadura se considerará como no hecha.-El librado no podrá pagar el cheque con cruzado general mas que a un Banco o a un cliente de aquél.-El librado sólo podrá pagar el cheque cruzado especial al Banco designado, o si éste es el mismo librado, a un cliente suyo. No obstante, el Banco designado puede encargar a otro Banco el cobro del cheque.-Un Banco sólo podrá adquirir cheques cruzados de sus clientes o de otros bancos.
Un cheque con varios cruzados especiales no puede ser pagado por el librado, salvo que contenga solamente dos, y uno de ellos sea para el cobro mediante una Cámara o sistema de Compensación.-El librado o el banco que no observe las disposiciones anteriores responde de los perjuicios causados hasta una suma igual al importe del cheque.
Un cheque con varios cruzados especiales no puede ser pagado por el librado, salvo que contenga solamente dos, y uno de ellos sea para el cobro mediante una Cámara o sistema de Compensación.-El librado o el banco que no observe las disposiciones anteriores responde de los perjuicios causados hasta una suma igual al importe del cheque.