Cheque y letra de cambio: tipos, requisitos y cruzamientos

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Cheque y letra de cambio

El cheque es una orden de pago. Debe contener: la ley del cambio, la cantidad en letra y número, el nombre de quien paga (al presentarlo, el banco y el librado), el lugar y la fecha, la firma del librador (quien lo expide) y el talonario para disponer de los fondos. Las firmas quedan en cartulinas y el tomador recibe el importe.

Tipos de cheque

  • Al portador: a favor de una persona ("al tomador").
  • Nominativo con o sin cláusula: se puede endosar.
  • Nominativo con cláusula "no a la orden": va a una persona concreta y no es endosable.

Cruzamientos

  • Cruzamiento general: líneas con el nombre del banco.
  • Cruzamiento especial: líneas cruzadas con el nombre del banco.
  • Cheque conformado: la cantidad queda bloqueada en la cuenta corriente del librador.

Letra de cambio

La letra de cambio (L/C) es un documento expedido por el librador y mandado al librado, que en la fecha indicada pagará al tomador.

Intervinientes

  • Librado: sobre quien se hace el cargo del pago.
  • Librador: crea y da la orden de pago.
  • Tomador: el librador le transmite la letra, suele ser el banco; puede endosar la letra a terceros o presentarla a la aceptación y cobro.
  • Avalista: garantiza el pago.
  • Endosante: persona que, siendo poseedora, transmite la letra a un endosatario, quien la puede volver a endosar.

Contabilidad

La contabilidad estudia los elementos patrimoniales, los investiga y registra sus datos, informa y se regula por reglas.

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